Ofrecemos el programa de Cobertura Electiva del Seguro de Incapacidad (DIEC, por sus siglas en inglés) para las personas que no hacen aportaciones al Seguro Estatal de Incapacidad (SDI). El programa DIEC protege a dueños de pequeños negocios, empresarios, personas que trabajan por cuenta propia y contratistas independientes, ofreciéndoles acceso a los beneficios del Seguro de Incapacidad (DI) y del Permiso Familiar Pagado (PFL).
Importante: Usted debe ser parte del programa DIEC durante seis meses por lo menos a partir de la fecha de aprobación de su plan antes de que pueda solicitar beneficios del DI o PFL.
La DIEC ofrece beneficios del DI a las personas que no pueden trabajar y pierden salarios por un problema no relacionado con su trabajo:
- Enfermedad o lesión (ya sea física o mental)
- Embarazo, parto u otras condiciones relacionadas
- Cirugía (incluida la electiva)
- Alcohol o rehabilitación por drogas (aplica algunas restricciones)
La DIEC ofrece beneficios del PFL cuando necesita ausentarse de su trabajo para:
- Cuidar a un familiar gravemente enfermo. (Hijo o hija, padre o madre, suegro o suegra, abuelo o abuela, nieto o nieta, hermano o hermana, esposo o esposa, pareja doméstica registrada).
- Crear un vínculo afectivo con un nuevo hijo que se une a la familia por nacimiento, adopción o bajo el cuidado de crianza temporal.
- Apoyar a un familiar que sirve en las Fuerzas Armadas de EE. UU. y será desplegado en el extranjero. (Esposo o esposa, pareja doméstica registrada, padre o madre, hijo o hija).
El programa DIEC es para:
- Propietarios únicos.
- Contratistas independientes.
- Sociedades.
- Sociedad general.
- Una sociedad general puede incluir parejas de casados que son copropietarios y participan activamente en la administración del negocio. No es necesario que todos los socios generales activos aparezcan en la solicitud.
- Sociedad limitada (LP).
- Los socios de la sociedad limitada y los directivos corporativos no son elegibles porque se consideran empleados. Estos están sujetos a las disposiciones obligatorias del California Unemployment Insurance Code (Código del Seguro de Desempleo) (en inglés).
- Sociedad de responsabilidad limitada (LLP).
- Copropiedades.
- Miembros administradores de una sociedad de responsabilidad limitada, si pagan impuestos como propietarios únicos para efectos del impuesto federal sobre el ingreso.
Para participar en el programa debe:
- Ser dueño de un negocio, trabajar por cuenta propia o como contratista independiente.
- Tener una ganancia neta de $4,600 al año por lo menos.
- Tener una licencia válida si su trabajo la requiere.
- Poder realizar todos sus deberes normales de tiempo completo en el momento que presente su solicitud.
- Recibir la mayor parte de sus ingresos de su oficio, negocio o trabajo como contratista independiente.
- Tener un negocio que no sea de temporada
- Permanecer en el programa durante dos años calendario completos, a menos de que:
- Cierre su negocio.
- Se mude fuera de California.
Antes de llenar su solicitud, obtenga información sobre el programa DIEC y su elegibilidad en el documento titulado en inglés Elective Coverage for Employers and Self-Employed Individuals (DE 231EC) (PDF).
Evaluación preliminar de clasificación laboral o referencia para auditoría
Si usted es un trabajador y:
- Cree que ha sido clasificado incorrectamente como contratista independiente.
- Desea dar información sobre el negocio como posible caso para una auditoría de impuestos sobre el empleo.
Debe enviarnos la Petición de evaluación preliminar de la clasificación de trabajador o de referencia para realizar una auditoría (DE 230/S).
Para obtener más información, consulte la Guía del trabajador mal clasificado para solicitar el Seguro de Incapacidad y el Permiso Familiar Pagado de California.
Revise la siguiente información si usted es:
- Empleado de escuela pública
- Empleado de agencia pública
- Empleado de distrito de colegios comunitarios
- Miembro de una tribu de nativos americanos
Para más información
- Cobertura especializada (Cobertura electiva para trabajadores exentos) (DE 231SC/S) (PDF)
- Empleadores de escuelas públicas
- Entidades públicas empleadoras
- Empleadores de tribus de nativos americanos
En inglés
- Information Concerning Elective Coverage for State Disability Insurance* ONLY Under Section 702.6, 710.4, 710.5, 710.6, or 710.9 of the California Unemployment Insurance Code (CUIC) (DE 1378p) (PDF). Aquí encontrará información sobre la cobertura electiva para el SDI solamente, según las secciones 702.6, 710.4, 710.5, 710.6 o 710.9 del CUIC.
Puede solicitar su participación en el programa DIEC completando una solicitud y enviándola por correo a la dirección indicada en el formulario. Puede descargar cualquiera de los siguientes formularios disponibles solo en inglés o comunicarse al 1-916-554-7104 para recibirlos por correo:
- Application for Disability Insurance Elective Coverage (DE 1378DI) (PDF)
- Application for Unemployment Insurance, Disability Insurance, and Paid Family Leave Elective Coverage Under Section 708(A) of the Unemployment Insurance Code (DE 1378A) (PDF)
- Application for Unemployment Insurance and State Disability Insurance Elective Coverage for Employees Exempted Under the California Unemployment Insurance Code (CUIC) (DE1378) (PDF)
Para obtener más información o ayuda con los formularios y el trámite de la solicitud, llame a la Centro de Asistencia al Contribuyente al 1-888-745-3886.
Una vez que le hayan aprobado su cuenta DIEC:
- Debe ser parte del programa DIEC durante al menos seis meses contados desde la fecha de inicio en que fue aprobado su plan. Después de eso, regularmente es elegible para solicitar beneficios del DI o PFL.
- También debe pagar contribuciones durante al menos 4 meses en los 12 meses previos a su solicitud de beneficios.
- La mejor forma de solicitar beneficios del Seguro de Incapacidad o el Permiso Familiar Pagado es en línea. Debe crear una cuenta en myEDD antes de que pueda iniciar sesión o solicitar beneficios a través de SDI Online.
Si necesita más información, puede consultar más detalles sobre los beneficios o sus opciones para presentar la solicitud del:
Puede cancelar su cuenta DIEC, pero existen algunas reglas:
- Después de elegir la cobertura electiva, debe permanecer en el plan por dos años calendario completos. Después de ese tiempo puede cancelar su cobertura.
- Para cancelar, debe enviar una petición por escrito a la División de Impuestos a más tardar el 31 de enero. La cancelación será efectiva desde el 1 de enero del año en que presentó la petición.
- Para seguir en el programa, debe mostrar ganancias de al menos $4,600 por año. Si sus ganancias caen por debajo de esta cantidad durante tres años consecutivos, podríamos cancelar su cobertura.
- Podemos cancelar su cuenta DIEC si deja de cumplir con cualquiera de los requisitos del programa. La cancelación será efectiva el 1 de enero.
Para hablar con un representante, llame a:
- Unidad DIEC: 1-916-654-6288.
- Centro de Asistencia al Contribuyente del EDD: 1-888-745-3886.
- Usuarios TTY (teletipo) Servicio de Retransmisión de California al 711.
Los representantes están disponibles de lunes a viernes, de 8 a.m. a 5 p.m. Las oficinas están cerradas los fines de semana y días festivos.
Más información
- Cantidad de beneficios y monto de la prima
- Formularios y publicaciones
- Preguntas frecuentes
- Permiso Familiar Pagado de California (DE 8714CF/S) (PDF)
- Tutoriales y videos
- Apelaciones
- Preguntas frecuentes sobre la Ley de Ausencia Familiar y Médica y la Ley de Derechos de la Familia de California
- Sobrepagos de beneficios y multas
Solo en inglés