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Determinaciones y elegibilidad para el desempleo

Estamos aquí para ayudarlo a entender los requisitos de elegibilidad.

Estatus de la solicitud: Pago pendiente

Si el estatus de su solicitud aparece como pendiente por cualquier semana en su Historial de la solicitud en UI Online, es probable que necesitemos determinar su elegibilidad o verificar su identidad. Si necesitamos verificar su identidad, le enviaremos una notificación para que nos envíe documentación adicional. Para más información, visite Responda a la solicitud de verificación de identidad.

Requisitos de elegibilidad

Usted debe cumplir con los requisitos de elegibilidad cuando solicite desempleo y al certificar para recibir beneficios.

Problemas de elegibilidad

Si hay algún problema con su solicitud y necesitamos más información, nos comunicaremos con usted de una de las siguientes maneras:

  1. Le enviaremos por correo electrónico con instrucciones sobre cómo completar un Cuestionario de Elegibilidad por internet.
  2. Le enviaremos por correo una Solicitud de información de elegibilidad (DE 4365FF/S).
  3. Programaremos una entrevista telefónica.

Consulte la página de inicio de UI Online para ver actualizaciones.

Nota: Si usted nos ofrece información incorrecta o no presenta información, podríamos descalificarlo para recibir beneficios, pedirle que devuelva los beneficios que ya recibió y aplicarle una multa del 30 por ciento.

Cómo reunimos información para decidir si es elegible

Para acelerar el proceso de determinación, podríamos enviarle instrucciones por correo electrónico sobre cómo crear una cuenta del Cuestionario de elegibilidad. Tendrá tres días para configurar su cuenta y siete días más para completar el cuestionario por internet.

Si no responde a este cuestionario, le enviaremos por correo una Solicitud de información de elegibilidad (DE 4365FF/S) o programaremos una entrevista telefónica con usted.

Si recibe este formulario por correo, responda las preguntas y devuélvalo .lo antes posible.

Le enviaremos este formulario sólo si:

  • Su solicitud aún está pendiente
  • No tiene programada una entrevista telefónica
  • Hay una pregunta sobre por qué dejó de trabajar para su empleador

Si no responde a la Solicitud de información de elegibilidad (DE 4365FF/S), tomaremos una decisión basada en la información que tenemos. Esto puede resultar en que sus pagos por desempleo se retrasen o se nieguen.

Entrevista telefónica

Es posible que programemos una entrevista telefónica con usted. Recibirá una Notificación sobre la entrevista de elegibilidad del desempleo (DE 4800/S) con la fecha, la hora y las preguntas que probablemente le harán durante su entrevista telefónica. La fecha y la hora también estarán en su página de inicio de UI Online.

Si necesita reprogramar su entrevista, use UI Online o contáctenos. Debe comunicarse con nosotros al menos un día antes de la fecha y hora de su entrevista. Solo podemos cambiar el horario de su entrevista si hay un horario abierto.

Importante: si no asistió a su entrevista programada, puede volver a llamar el mismo día y un representante de servicio al cliente podrá ayudarlo. ¡Estamos aquí para ayudarle!

Si pierde su entrevista telefónica, decidiremos su elegibilidad con base en la información que tenemos. Esto puede resultar en que sus pagos por desempleo se retrasen o se nieguen.

  • La Notificación sobre la entrevista de elegibilidad del desempleo (DE 4800/S) incluye las preguntas que probablemente le harán. Tómese un tiempo para preparar sus respuestas y sentirse más seguro durante la llamada.
  • Un representante del EDD le llamará a la hora programada. Su identificador de llamadas puede mostrar "St of CA EDD" o el número de Servicio al Cliente de UI: 1-800-300-5616.
  • Durante su entrevista, es posible que le pidamos más información. El entrevistador le dirá cómo enviar la información que necesitamos.

Si califica para recibir beneficios y aún no ha recibido un pago condicional, tramitaremos sus pagos. Si no califica, recibirá una Notificación de decisión (DE 1080CZ/S) y un Formulario de apelación (DE 1000M) (en inglés y español). Recuerde que tiene derecho a apelar cualquier decisión con la que no esté de acuerdo en Apelaciones del Seguro de Desempleo.

Un sobrepago ocurre cuando recibe beneficios para los que no es elegible. Si esto sucede, le enviaremos por correo un Notificación de la posibilidad de pago indebido (DE 1447) (en inglés y español) o un Aviso de sobrepago (DE 1444/S), o ambos. Usted tiene derecho a apelar la determinación de elegibilidad y el aviso de sobrepago. Consulte Sobrepagos de beneficios y multas para más información.

 

Pagos condicionales

Si recibió al menos un pago en su solicitud, pero sus pagos han estado pendientes durante más de dos semanas debido a un problema de elegibilidad, podemos tramitar un pago condicional mientras continuamos revisando el problema. Un pago condicional es un pago de beneficios por desempleo que hacemos mientras investigamos su elegibilidad. Le enviaremos por correo una Notificación de pago condicional pendiente de revisión de elegibilidad (DE 5400E/S) si hacemos un pago condicional. Si continúa la certificación para beneficios mientras realizamos la revisión, podría tener que devolver cualquier pago condicional si luego determinamos que no es elegible.

Si recibe un pago condicional, pueden suceder dos cosas:

  • Determinamos que usted es elegible para recibir beneficios. Debe seguir certificando para recibir los beneficios por desempleo.
  • Determinamos que usted no es elegible. Recibirá una Notificación de decisión (DE 1080CZ/S) que explica por qué fue descalificado, la cual puede apelar. También puede recibir un Aviso de sobrepago de beneficios (DE 1444CT/S), que también puede apelar, y podría tener que devolver los pagos condicionales.