Información general de los impuestos sobre la nómina del estado de California
California tiene cuatro impuestos estatales sobre la nómina.
- El Seguro de Desempleo (UI) y el Impuesto de Capacitación Laboral (ETT) son contribuciones del empleador.
- El Seguro Estatal de Incapacidad (SDI) y el Impuesto sobre el Ingreso Personal (PIT) se retienen de los sueldos de los empleados.
Contribuciones del empleador
La mayoría de los empleadores son empleadores sujetos a impuestos (tax-rated employers), y pagan impuestos del UI según la tasa de dicho programa. Los empleadores de entidades sin fines de lucro y públicas que eligen otro método se conocen como empleadores de reembolso. Los empleadores escolares pueden decidir participar en el Fondo de Empleados Escolares, que es un método de financiamiento reembolsable.
Salarios
Los salarios son la compensación por los servicios personales de un empleado, pagados con cheque, en efectivo, débito electrónico, mediante aplicaciones (apps) para hacer pagos o con el valor razonable del pago en efectivo por cualquier otro medio que no sea dinero en efectivo, como comidas y alojamiento. En general, los salarios están sujetos a los cuatro impuestos sobre la nómina. Sin embargo, algunos tipos de empleo no están sujetos a impuestos sobre la nómina ni a retenciones del PIT.
Para más información
Consulte el documento titulado en inglés Types of Employment (DE 231TE) (PDF) (solamente en inglés) para obtener información adicional acerca de los tipos de empleo que están sujetos a los impuestos sobre la nómina de California.
Tipos de impuestos sobre la nómina
El programa del UI es parte de un programa nacional administrado por el Departamento del Trabajo de los EE. UU. conforme a la Ley del Seguro Social. Este proporciona pagos temporales a personas que están desempleadas por motivos ajenos a ellas.
El empleador es quien paga el UI. Los empleadores sujetos a impuestos pagan un porcentaje sobre los primeros $7,000 en salarios sujetos a impuestos que se pagan a cada empleado en un año calendario. La lista de tasas del UI y el monto de salarios imponibles se determinan anualmente. Los empleadores nuevos pagan un 3.4 por ciento (.034) en un periodo de dos a tres años. El EDD notifica a los empleadores de su nueva tasa cada diciembre. El impuesto máximo es de $434 por empleado por año (calculado a la tasa impositiva más alta del UI del 6.2 por ciento x $7,000).
Los empleadores gubernamentales y los de ciertas organizaciones sin fines de lucro pueden elegir el método de reembolso para financiar el UI. Es decir, reembolsan el fondo del UI dólar por dólar por todos los beneficios pagados a sus exempleados.
El ETT es un impuesto pagado por el empleador y proporciona fondos para la capacitación de los empleados en ciertas industrias para que los negocios de California sean más competitivos. Los fondos del ETT:
- Promueven un mercado laboral sano.
- Ayudan a los negocios a invertir en una fuerza laboral especializada y productiva.
- Desarrollan las habilidades de los trabajadores que producen o suministran bienes o prestan servicios.
Para más información
Consulte las tasas actuales del ETT para este año (solamente en inglés).
El programa del SDI proporciona pagos temporarios de beneficios a trabajadores por enfermedades o lesiones no relacionadas con el trabajo, o por embarazo. El impuesto del SDI también proporciona beneficios del Permiso Familiar Pagado (PFL). El PFL es parte del SDI y extiende los beneficios a las personas que no pueden trabajar porque necesitan:
- Cuidar a un familiar gravemente enfermo.
- Establecer un vínculo con un nuevo hijo.
- Participar en un evento aprobado debido al despliegue militar de un familiar.
El SDI es una deducción de los salarios de los empleados. Los empleadores retienen un porcentaje para el SDI de todos los salarios sujetos a impuestos. A partir del 1 de enero de 2024, la ley SB 951 elimina el límite salarial imponible y las retenciones máximas para cada empleado que debe contribuir al SDI.
Para más información
Consulte las tasas actuales del SDI para este año (solamente en inglés).
El PIT es un impuesto sobre el ingreso de los residentes y no residentes de California. El EDD trabaja con el Franchise Tax Board (FTB) (solamente en inglés) de California para administrar este programa para el gobernador. El EDD administra la declaración, la cobranza y la aplicabilidad de la retención del PIT. El programa del PIT proporciona recursos necesarios para servicios públicos de California, incluidos:
- Escuelas.
- Parques públicos.
- Carreteras.
- Servicios sanitarios y humanos.
El PIT de California se retiene del pago a los empleados sobre la base del formulario Certificado de exención de retenciones del empleado (DE 4) que el empleador tiene en sus archivos. No hay un límite de salarios sujetos a este impuesto. La tasa de retención se aplica sobre la base del DE-4 del empleado y no hay una tasa impositiva máxima.
Para más información
- Revisar los tipos de pagos (solamente en inglés).
- Consulte el calendario de retenciones del PIT (solamente en inglés).
Para más ayuda
Llame al Centro de Asistencia al Contribuyente al 1-888-745-3886 o visite la Oficina del Impuesto al Empleo más cercana a usted.
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- Consulte Presentación de documentación requerida y fechas de vencimiento
- Consulte Seminarios sobre impuestos de nómina
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Comuníquese con nosotros
Si tiene preguntas, comuníquese con las oficinas de impuestos sobre la nómina. También puede comunicarse con el Centro de Asistencia al Contribuyente al 1-888-745-3886 o visitar la Oficina de Impuestos sobre el Empleo local.
Otros recursos
- Cómo corregir reportes, declaraciones o depósitos anteriores
- Guía para el empleador de California (DE 44) (PDF) (inglés)
- Hoja de información – Impuestos sobre la nómina (DE 8714E) (PDF) (inglés)
- Preguntas frecuentes
- Determine qué salarios son imponibles y calcule el monto de impuestos que adeuda
- Household Employer's Guide (DE 8829) (PDF)