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Preguntas frecuentes – Información para empleadores acerca del Programa de Trabajo Compartido

El Programa de Trabajo Compartido les da a los empleadores alternativas temporales de despidos.  

Cada empleado participante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Debe estar empleado regularmente por un empleador que cuente con una solicitud del plan de Trabajo Compartido aprobada por el EDD. El empleo puede ser de tiempo completo o de tiempo parcial.
  • Ser parte de la fuerza laboral regular permanente del empleador (no un trabajador contratado por una compañía externa, intermitente, temporal o que preste servicios por temporada).
  • Debe tener sueldos aprobados en periodos base usados para llenar una solicitud regular del Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en inglés).
  • Estar disponible para cualquier empleo que usted pueda ofrecer.
  • Aceptar cualquier empleo que usted ofrece.
  • Haber experimentado una reducción de horas de trabajo y de salarios de entre el 10 y el 60%.
  • Completar una semana laboral regular (sin reducción de horas de trabajo ni salarios) antes de unirse al programa.

No. Usted sólo puede tener un plan de Trabajo Compartido por Número de Cuenta de Empleador de California. Sin embargo, las unidades de fuerza laboral en el mismo local o en uno diferente se pueden incluir en el plan.

Sí. Los empleadores pueden agregar un local, empleados o unidades de fuerza laboral completando el formulario en inglés Work Sharing Unemployment Insurance Plan Application (DE 8686) por internet o por correo. Seleccione la opción Expanded Coverage en la solicitud.

Necesitará la siguiente información:

  • Nombre del negocio y dirección.
  • Número de Cuenta de Empleador de California.
  • Fecha de vigencia de su plan actual.
  • Fecha de vigencia de la extensión de la cobertura que usted está solicitando.
  • Nombres de las unidades o locales adicionales.
  • Número total de empleados en las unidades.
  • Número de empleados adicionales que participarán en su plan.
  • Nombres y números de Seguro Social de los empleados.
  • Horas de trabajo regulares y reducidas de los empleados.

El Programa de Trabajo Compartido está incluido en el impuesto sobre el Seguro de Desempleo que usted paga. Para obtener más información acerca de este impuesto, visite Impuestos sobre la nómina.

Un plan de Trabajo Compartido es válido por un año. Para cancelar su plan, deje de darles formularios del Programa de Trabajo Compartido a sus empleados participantes. Ellos dejarán de recibir beneficios del Programa de Trabajo Compartido.

Si desea cancelar su plan, envíe por correo una petición escrita a la Oficina del Programa de Trabajo Compartido:

EDD Work Sharing Program
PO Box 989060
West Sacramento, CA 95798-9007

Asegúrese de hacer una lista de los motivos de la cancelación del plan y de incluir la fecha de cancelación solicitada.

  • Si su plan expiró, complete por internet o por correo una nueva solicitud usando el formulario en inglés Work Sharing Unemployment Insurance Plan Application (DE 8686).
  • Si su plan no ha expirado, envíeles a sus empleados por internet o por correo los formularios del Programa de Trabajo Compartido para reiniciarlo.

Los planes son aprobados si usted continúa cumpliendo con los requisitos del programa. Cada plan es efectivo por 12 meses, y los planes nuevos pueden ser aprobados hasta que ya no necesite del programa.

Si su empleado trabajó durante el día festivo el año pasado y estaba en el mismo puesto antes de que su compañía fuera aprobada para el Programa de Trabajo Compartido, es posible que dicho empleado use el día festivo como un día de Trabajo Compartido. De lo contrario, los días festivos usualmente no se usan como días de Trabajo Compartido.

El horario no se puede modificar, a menos que:

  • Usted proporcione una prueba de que los participantes del Programa de Trabajo Compartido trabajaron o no durante el período de los últimos 12 meses; o
  • Haya al menos un descanso de una semana entre sus planes de Trabajo Compartido.

Sí, como los demás clientes regulares del Seguro de Desempleo (UI), los empleados que son parte de su Programa de Trabajo Compartido deben cumplir un periodo de espera de una semana sin goce de sueldo. El periodo de espera sólo puede ser cumplido si el empleado hace la certificación para recibir beneficios y cumple con todos los requisitos de elegibilidad correspondientes a esa semana.