Sea un empleador que ofrece un plan voluntario
Un plan voluntario (VP, por sus siglas en inglés) aprobado por el estado es un seguro por incapacidad que el empleador puede ofrecerles a sus empleados residentes de California como alternativa legal al Seguro Estatal de Incapacidad (SDI, por sus siglas en inglés) obligatorio.
Los grupos de empleadores y empleados pueden establecer un programa de seguro por incapacidad del VP con el consentimiento mutuo del empleador y una mayoría de los empleados. El empleador debe proporcionarle al EDD la documentación de aprobación.
Para obtener más información acerca del VP, consulte la guía titulada en inglés Employer's Guide to Voluntary Plan Procedures (DE 2040) (PDF).
Requisitos
El programa del VP se rige por las leyes del Código del Seguro de Desempleo de California (CUIC, por sus siglas en inglés). El CUIC requiere que el plan voluntario cumpla con los siguientes requisitos:
- Contar con la aprobación por escrito de la mayoría de los empleados elegibles para la cobertura.
- No costar más que el SDI para los empleados.
- Proporcionar los mismos beneficios que el SDI y un beneficio adicional que sea mejor.
- Los empleados pueden rechazar el VP y elegir la cobertura del SDI.
- Los empleados cubiertos deben recibir un documento escrito que detalle sus beneficios.
- Se debe ofrecer a todos los empleados elegibles de California que trabajen para el empleador.
- Se debe actualizar para igualar cualquier aumento en los beneficios que el SDI implemente por legislación o reglamento aprobado.
El empleador debe obtener la aprobación del EDD antes de ofrecer un VP. Para comenzar, debe presentar el formulario titulado en inglés Application for Approval of Self-Insured Voluntary Plan of Disability Benefits (DE 2520BV) (PDF) ante el EDD. Usted debe presentar la solicitud 30 días antes de la fecha de inicio del plan voluntario solicitada.
Evaluaremos su solicitud y le informaremos si está aprobado para ofrecer un VP o si necesitamos información adicional.
Si usted cumple con todos los requisitos del VP, concederemos una aprobación condicional a la espera de la presentación de un depósito de seguridad. Una vez que recibamos el depósito de seguridad, le concederemos la aprobación plena para que pueda ofrecer un VP.
Si el empleador cuenta con esta aprobación, ya no deberá enviar retenciones del SDI al EDD para los empleados cubiertos por el VP. En su lugar, retendrá sus contribuciones en un fondo de fideicomiso separado para pagar las solicitudes del Seguro de Incapacidad (DI, por sus siglas en inglés) o del Permiso Familiar Pagado (PFL, por sus siglas en inglés) y los gastos aprobados. El empleador deberá pagar al EDD una tasa sobre la base de los salarios sujetos a impuestos de los empleados que participan en el plan.
Comuníquese con el grupo del plan voluntario
- Por correo electrónico: VPProgram@edd.ca.gov
- Teléfono: 1-916-653-6839. Lo usuarios del servicio por teletipo (TTY) pueden llamar al Servicio de Relevo de California al 711.
- Por correo postal:
Employment Development Department
Disability Insurance Branch
Voluntary Plan Group, MIC 29VP
PO Box 826880
Sacramento, CA 94280-0001
Beneficios del Seguro de Incapacidad y del Permiso Familiar Pagado
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