Preguntas frecuentes acerca del plan voluntario
Encuentre respuestas a las preguntas que recibimos con más frecuencia acerca del plan voluntario (VP, por sus siglas en inglés).
Empleados
La legislación de California le permite a su empleador ofrecer un plan voluntario (VP) para beneficios por incapacidad y de ausencia familiar en lugar de la cobertura del Seguro Estatal de Incapacidad (SDI, por sus siglas en inglés). Su VP debe proporcionarle todos los beneficios del SDI y al menos un beneficio que sea mejor. No puede costarle más que el SDI.
Para más información, consulte los Requisitos de elegibilidad para solicitar el plan voluntario.
Comuníquese con la oficina de personal o beneficios de su empleador para obtener más información o para presentar una solicitud del plan voluntario.
Su solicitud de beneficios del Seguro Estatal de Incapacidad (SDI) se remitió a un plan voluntario (VP) porque existe la duda sobre quién es su proveedor del SDI. La aseguradora del VP tiene 25 días para responder a la remisión. Nos comunicaremos con usted una vez que recibamos su respuesta, pero no podremos pagar sus beneficios durante ese período de 25 días.
No. Usted está cubierto por el plan voluntario (VP) y, por lo tanto, no es elegible para recibir beneficios del Seguro Estatal de Incapacidad.
Si no está cubierto por el plan voluntario de su empleador, su empleador remitirá su solicitud de beneficios al Seguro Estatal de Incapacidad (SDI). Consulte con su empleador para asegurarse de que su solicitud haya sido remitida.
Si su plan voluntario le niega los beneficios por incapacidad o ausencia familiar, y usted no está de acuerdo, tiene el derecho de apelar la decisión y de tener una audiencia con un Juez de Ley Administrativa. Su empleador le proporcionará una carta de denegación con sus derechos e instrucciones sobre cómo apelar.
Seguro de Incapacidad
Envíenos por correo postal una carta detallada explicando por qué piensa que es incorrecta la negación de beneficios del VP. Asegúrese de:
- Anotar su nombre y firmar la carta de apelación.
- Incluir su Número de Seguro Social.
- Incluir su dirección y número de teléfono.
- Incluir el número de VP de su empleador.
- Explicar la razón por la cual está apelando la decisión.
El EDD presentará los documentos ante la Oficina Local de Apelaciones de la Junta de Apelaciones del Seguro de Desempleo de California, pero no realizará el pago de beneficios durante el período de apelación ni asistirá a la audiencia.
Permiso Familiar Pagado
Complete el formulario titulado en inglés Appeal for Determination of Coverage (DE 1000DC). Para solicitar una copia del formulario DE 1000DC, envíe un correo electrónico al grupo del VP o llame al 1-916-653-6839. Usted deberá:
- Firmar e incluir la aclaración de su nombre en la carta de apelación.
- Incluir su Número de Seguro Social.
- Incluir su dirección y número de teléfono.
- Incluir el número de VP de su empleador.
- Incluir una breve declaración factual de por qué el EDD debería aceptar la cobertura.
- Adjuntar una copia de la carta de negación.
Enviar la apelación a su Oficina Local de Apelaciones y una copia a la oficina del EDD. Para obtener información acerca de la Oficina de Apelaciones de su área, llame a Servicio al Cliente del SDI al 1-916-653-6839.
Usted debe asistir a su audiencia de apelación. Si no se presenta, se desestimará su apelación. Para más información, visite Apelaciones del Seguro Estatal de Incapacidad.
Comuníquese con el área de recursos humanos de su empleador o con el administrador externo (TPA, por sus siglas en inglés) para conocer la razón del retraso. Si considera que la razón es insatisfactoria, puede presentar una apelación para una presunta negación de beneficios. Llámenos al 1-916-653-6839 para obtener ayuda con su apelación.
El Seguro Estatal de Incapacidad le brinda esta información a usted y a su empleador para ayudar a determinar su cantidad de beneficios y sueldos. La cantidad de beneficios que aparece en la Notificación de Cálculo de Beneficios - DI (DE 429D/S) o la Notificación de Cálculo de Beneficios – PFL (DE 429DF) muestran la cantidad mínima que el seguro del empleador debe pagarle.
Sí. Si usted está trabajando para dos empleadores diferentes, y uno de ellos brinda cobertura del Seguro Estatal de Incapacidad (SDI) y el otro de un plan voluntario (VP), usted puede recibir cobertura simultánea. Ambas empresas son igualmente responsables de pagar una parte de sus beneficios. Sin embargo, no recibirá el doble de la cantidad normal de beneficios.
Sí. Comuníquese con el área de recursos humanos de su empleador o con el administrador externo (TPA) para obtener información acerca de cómo cambiar de cobertura.
Empleadores
Para más información acerca del programa del plan voluntario:
- Visite nuestra página del programa del plan voluntario.
- Consulte la guía titulada en inglés Disability Insurance Employer’s Guide to Voluntary Plan Procedures (DE 2040).
- Llame al grupo del plan voluntario al 1-916-653-6839.
- Correo electrónico: VPProgram@edd.ca.gov.
- Escriba a:
Employment Development Department
Disability Insurance Branch, MIC 29 VP
PO Box 826880
Sacramento, CA 94280-0001
Para verificar la licencia de un médico/profesional médico de California, usted debe usar uno los siguientes recursos:
- Junta médica titulada en inglés Medical Board of California.
- Departamento de Asuntos del Consumidor (solamente en inglés)
- Una copia de la licencia del médico/profesional médico que certificó la enfermedad o lesión del solicitante.
Para verificar la licencia de un médico/profesional médico de otro estado, usted debe usar uno los siguientes recursos:
- Junta médica (de estar disponible) del condado o estado en el que ejerza.
- Una copia de la licencia del médico/profesional médico que certificó la enfermedad o lesión del solicitante.
- Una copia de la licencia o registro del médico/profesional médico con el sello de la oficina o el sello de la agencia certificadora o regulatoria local del estado.
- Un documento oficial de la agencia certificadora o regulatoria del estado que certifique que el médico/profesional médico cuenta con la licencia necesaria o está debidamente certificado en el estado.
- Una confirmación del estado de la licencia del médico/profesional médico al consultar el sitio web de verificación de la agencia certificadora del estado.
- Una confirmación del estado de la licencia del médico/profesional médico hablando directamente con el personal de la agencia estatal regulatoria o certificadora de licencias encargada de la verificación de licencias.
Para verificar la licencia de un médico/profesional médico extranjero, usted debe utilizar uno de los siguientes recursos:
- Junta médica (de estar disponible) del país o región en el que ejerza.
- Una copia de la licencia extranjera del médico/profesional médico que certificó la enfermedad o lesión del solicitante o comunicarse con la entidad médica certificadora local.
- Una copia de la licencia o registro del médico/profesional médico con el sello de la oficina o el sello de la agencia certificadora o regulatoria extranjera.
- Un documento oficial de la agencia certificadora o regulatoria del estado que certifique que el médico/profesional médico cuenta con la licencia necesaria o está debidamente certificado en el país extranjero.
- Una confirmación del estado de la licencia del médico/profesional médico al consultar el sitio web de verificación de la agencia certificadora del país extranjero.
- Una confirmación del estado de la licencia del médico/profesional médico al hablar directamente con el personal de la agencia regulatoria o certificadora del país extranjero encargado de la verificación de licencias.
Sí. El plan voluntario incluye tanto beneficios por incapacidad como por ausencia familiar. Los empleados pueden recibir beneficios por ausencia familiar para cuidar de un familiar gravemente enfermo, para establecer un vínculo paternal con un nuevo hijo en la familia o para apoyar a un familiar cubierto que es parte de las fuerzas armadas durante un evento militar aprobado.
Para presentar sus informes del plan voluntario (VP) del empleador a través de SDI Online, primero debe crear una cuenta en myEDD.
- Visite la página myEDD.
- Seleccione Crear cuenta para configurar una cuenta nueva.
Una vez que haya creado una cuenta en myEDD, llame al grupo del VP al 1-916-653-6839 para completar el proceso de configuración de cuenta para SDI Online. Para más información, visite Cómo administrar su plan voluntario.
Ordenanza del Permiso de Ausencia Parental Pagado de San Francisco
No. Solamente llevaremos a cabo procedimientos de auditoría de acuerdo con lo establecido por el Código del Seguro de Desempleo de California, Título 22 Regulaciones, y el plan de empleadores con plan voluntario. El EDD no tiene requisitos de supervisión para la Ordenanza del Permiso de Ausencia Parental Pagado (solamente en inglés).
Comuníquese con la Oficina de Cumplimiento de Normas de Trabajo (solamente en inglés) por correo electrónico a pplo@sfgov.org o llamando al 1-415-554-6731 en caso de tener preguntas acerca de la Ordenanza del Permiso de Ausencia Parental Pagado de San Francisco.
Beneficios del Seguro de Incapacidad y del Permiso Familiar Pagado
Encuentre información del DI y PFL para usted
Regístrese en myEDD
Crear una cuenta es un paso importante en este proceso. Con myEDD usted puede solicitar beneficios del Seguro de Incapacidad (DI, por sus siglas en inglés) y administrar su solicitud en SDI Online.
Recursos adicionales
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