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Servicios del EDD relacionados a desastres

Ofrecemos una variedad de servicios a las personas y negocios afectados por desastres en California. El personal del EDD brinda ayuda en los Centros de Asistencia Locales o en los Centros de Recuperación de Desastres establecidos por las autoridades federales o por la Oficina de Servicios de Emergencia del Gobernador de California (Cal OES, por sus siglas en inglés).

Para obtener información adicional sobre asistencia relacionada con desastres, servicios y salud pública, visite la página en inglés California Health and Human Services Resource Guide.

También hay servicios de apoyo para los empleadores, así como beneficios del Seguro de Incapacidad (DI, por sus siglas en inglés) y el Permiso Familiar Pagado (PFL, por sus siglas en inglés) para los trabajadores elegibles. Para más información, visite Servicios relacionados con desastres – Preguntas frecuentes.

Eliminación de la semana de espera para recibir beneficios por desempleo

Generalmente, las personas que reciben beneficios del Seguro de Desempleo deben cumplir con una semana de espera. La declaración de emergencia del Gobernador elimina el período de espera de una semana sin recibir pagos de beneficios por desempleo para las personas elegibles afectadas por los desastres actuales. Esto significa que las personas pueden recibir el pago de beneficios en la primera semana en que queden desempleadas debido a desastres.

El programa del Seguro de Desempleo ofrece beneficios que reemplazan parcialmente el salario de los trabajadores que han perdido su empleo, o a quienes se les han reducido sus horas de trabajo sin culpa alguna. Para obtener más información sobre el programa del Seguro de Desempleo y los requisitos de elegibilidad para cobrar beneficios, visite Beneficios del Seguro de Desempleo - Información general.

Extensiones para los empleadores para que declaren y paguen los impuestos sobre la nómina

Los empleadores afectados directamente por un desastre podrán solicitar al EDD una extensión de hasta dos meses para declarar los reportes y depósitos de los impuestos estatales sobre la nómina, sin que se les cobren multas o intereses. Deben enviar una solicitud de extensión por escrito dentro de dos meses a partir de la fecha original en que se venció el pago o fue recibida la declaración de impuestos.

Para más información acerca de cómo solicitar una extensión y recibir otra ayuda disponible para los empleadores, visite Asistencia para empleadores por emergencia o desastres.

Además, puede obtener más detalles acerca de la asistencia disponible para empleadores en la página en inglés del Servicio de Impuestos Internos Help During Disasters.

Desastres actuales declarados por el estado

Servicios disponibles por condado.

Lugar del desastre Eliminación de la semana de espera de los beneficios por desempleo Programa federal de Asistencia de Desempleo por Desastre disponible Extensiones para que los empleadores declaren y paguen los impuestos sobre la nómina

Condado de Los Ángeles – Incendios Palisades, Eaton, Hurst, Lidia y Woodley

Para solicitudes presentadas entre 1/05/25 y 7/12/25

Para solicitudes del condado de Los Ángeles presentadas entre 1/12/25 y 3/10/25

Hasta dos meses de extensión

Condado de Los Ángeles – Incendio Sunset

Ninguno en este momento

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condado de Ventura – Condiciones de vendaval

Ninguno en este momento

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condado de Lake – Incendio Boyles

Para solicitudes presentadas entre 9/8/24 y 3/8/25

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condados de Los Ángeles y San Bernardino – Incendio Bridge

Para solicitudes presentadas entre 9/8/24 y 3/15/25

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condados de Orange y Riverside – Incendio Airport

Para solicitudes presentadas entre 9/8/24 y 3/15/25

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condado de San Bernardino – Incendio Line

Para solicitudes presentadas entre 9/1/24 y 3/8/25

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condado de Kern – Incendio Borel

Para solicitudes presentadas entre 7/21/24 y 1/25/25

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condados de Butte y Tehama – Incendio Park

Para solicitudes presentadas entre 7/21/24 y 1/25/25

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Múltiples condados – Tormentas invernales

Para solicitudes presentadas entre 2/4/24 y 8/5/24

Ninguno en este momento

Hasta dos meses de extensión

Condados de San Diego y Ventura – Tormentas invernales

Para solicitudes presentadas entre 12/17/23 y 6/22/24

Para solicitudes del condado de San Diego presentadas entre 1/28/24 y 8/24/24

Hasta dos meses de extensión

Programa federal de Asistencia de Desempleo por Desastre

Cuando el presidente declara como estado de emergencia un área afectada por un desastre, puede hacer que el programa de Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA, por sus siglas en inglés) esté disponible para las personas afectadas por dicho desastre. DUA es un programa federal que ofrece asistencia temporal por desempleo a personas cuyo empleo o trabajo por cuenta propia fue interrumpido debido a un desastre natural grave, y quienes, regularmente, no son elegibles para recibir los beneficios por desempleo que provee el Estado. Tales personas pueden ser trabajadores del campo, dueños de negocios o trabajar por cuenta propia.

En caso de que los beneficios del DUA estén disponibles para las víctimas de un desastre natural en California, nosotros actualizaremos esta página y publicaremos un comunicado de prensa con detalles e información correspondiente.

Generalmente, la elegibilidad para recibir beneficios del DUA es aplicable a las personas desempleadas como resultado directo de un desastre y cumplen por lo menos con una de las siguientes condiciones:

  • Han presentado una solicitud y recibido todos los pagos de beneficios del UI en California o cualquier otro estado, o no son elegibles para recibir pagos de beneficios regulares del UI.
  • Han trabajado ya sea para un empleador o por cuenta propia, o estaban agendadas para empezar a trabajar en el área donde ocurrió el desastre. Los individuos que trabajan por cuenta propia suelen ser los que más se benefician de la disponibilidad del DUA.
  • No pueden trabajar o proveer servicios por daños físicos o daños al lugar de trabajo debido al desastre o no pueden llegar a su lugar de trabajo debido a dicho desastre.
  • No han trabajado el suficiente tiempo o no han ganado lo suficiente para ser elegibles para recibir pagos de beneficios regulares del UI.
  • No pueden desempeñar sus responsabilidades laborales o su trabajo por cuenta propia debido a una lesión causada por un desastre, y no son elegibles para recibir beneficios del Seguro Estatal de Incapacidad.
  • Se han convertido en la cabeza de la familia debido al fallecimiento de una persona a causa del desastre.

Otros servicios del EDD relacionados con desastres

Asistencia para la búsqueda de empleo

En situaciones de desastre, nuestros representantes de Servicios de la Fuerza Laboral, del Seguro de Desempleo y de Impuestos, a menudo estarán disponibles en los Centros de Asistencia Local establecidos por Cal OES. Dichos representantes brindan asistencia para búsqueda de empleo y servicios de apoyo para el empleador, así como apoyo general, referencias laborales y recursos.

Para obtener ayuda con la búsqueda de empleo por internet, visite CalJOBSSM.

Beneficios del Seguro de Incapacidad

El Seguro de Incapacidad (DI) ofrece beneficios que reemplazan parcialmente el salario de los trabajadores que son elegibles en California y que no pueden trabajar debido a una enfermedad que no está relacionada con el trabajo, a una lesión o a un embarazo. Si sufrió una lesión debido a un desastre, podría ser elegible para recibir beneficios por incapacidad.

Para solicitar beneficios por incapacidad, presente la Solicitud para Beneficios del Seguro de Incapacidad (DI) (DE 2501/S) a través de myEDD o por correo. Si necesita la versión impresa del formulario DE 2501/S, puede pedirla a través de nuestra página en inglés Online Forms and Publications o comunicarse por teléfono con el Seguro Estatal de Incapacidad.

Beneficios del Permiso Familiar Pagado

El Permiso Familiar Pagado (PFL) ofrece beneficios a las personas que han perdido parte de sus salarios por ausentarse de su trabajo para cuidar de un familiar gravemente enfermo, como puede ser un hijo, padre o madre, suegro, abuelo, nieto, hermano, cónyuge o pareja doméstica debidamente registrada. Si necesita cuidar de un familiar que está lesionado como resultado de un desastre, usted podría ser elegible para recibir beneficios del PFL.

Para solicitar beneficios del PFL, presente la Solicitud para Beneficios del Permiso Familiar Pagado (PFL) (DE 2501F/S) a través de myEDD o por correo. Si necesita la versión impresa del formulario DE 2501F, puede pedirla a través de nuestra página en inglés Online Forms and Publicationscomunicarse por teléfono con un representante del PFL.

Incendios en el condado de Los Ángeles

Si usted ha sido afectado por los incendios en el condado de Los Ángeles y tiene preguntas acerca de los beneficios por desempleo, llámenos a los siguientes números:

  • Inglés: 1-833-998-2284
  • Español: 1-855-964-0634
  • Otros idiomas: 1-800-300-5616