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Referencias legales para el Seguro de Desempleo

Cuando usted solicita y recibe beneficios del Seguro de Desempleo, acepta cumplir con las leyes estatales y federales listadas en esta página.

Los sobrepagos son parte del Programa de Control de Pagos de Beneficios (BPC, por sus siglas en inglés). Este programa protege la integridad del Fondo Fiduciario del Seguro de Desempleo al:

  • Prevenir el pago indebido de beneficios
  • Detectar pagos indebidos
  • Recuperar sobrepagos
  • Enjuiciar casos de fraude

Autoridad legal

La autoridad legal del programa BPC proviene de la Ley del Seguro Social (Título III) y el código fiscal titulado Internal Revenue Code. Para más información, consulte los siguientes documentos en inglés:

Código del Seguro de Desempleo de California

  • La Sección 1253(a) establece que todas las solicitudes de beneficios deben cumplir con los reglamentos del EDD.
  • La Sección 1257(a) establece que las personas que den información falsa al EDD para obtener beneficios por desempleo serán descalificadas de recibir dichos beneficios.
  • La Sección 1375.1 establece que las personas que den información falsa al EDD para obtener beneficios por desempleo o que oculten hechos estarán sujetas a sanciones por sobrepagos.

Código de Reglamentos de California

  • El Título 22, sección 1326-2 (b)(2)(A) establece que el EDD puede exigir que un solicitante verifique su Número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) tal como lo emitió  la Administración del Seguro Social (SSA), si el EDD cree que ese SSN pertenece a otra persona o que no es un número válido.