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Preguntas frecuentes de médicos/profesionales médicos

Seguro de Incapacidad (DI)

Para que su paciente sea elegible para recibir beneficios, su incapacidad debe impedirle realizar su trabajo regular o habitual por al menos ocho días. Hay una semana de espera sin pago.

Si dentro de un plazo de 60 días se presenta una solicitud por la misma causa o condición que la de la solicitud inicial, o una relacionada, ésta se procesará como una continuación de la solicitud inicial. Al ya haberse cumplido con la semana de espera, no habrá una nueva.

Permiso Familiar Pagado (PFL)

Para que su paciente sea elegible para recibir beneficios, la persona que cuida de su paciente debe presentar su solicitud en un plazo de 41 días desde el primer día de la ausencia familiar. No hay periodo de espera para las solicitudes del PFL.

La persona que cuida de su paciente no puede realizar su trabajo regular o habitual para cuidar a su hijo, padre, suegro, abuelo, nieto, hermano, cónyuge o pareja debidamente registrada por al menos un día.

Sí. Si no se aconseja médicamente que sus pacientes realicen su trabajo regular o habitual, ellas pueden presentar una solicitud de beneficios del Seguro de Incapacidad. Usted debe presentar la certificación médica con un código de diagnóstico válido relacionado con la complicación.

Sí. Si los requisitos laborales de su paciente (por ejemplo, levantar objetos, estar parada de manera continua, exposición a químicos, etc.) constituyen un peligro para la salud de las pacientes embarazadas o el feto, ellas pueden presentar una solicitud de beneficios del Seguro de Incapacidad. Usted debe presentar la certificación médica con un código de diagnóstico válido relacionado con el embarazo (por ejemplo, supervisión de un embarazo normal) y el código de diagnóstico correspondiente al peligro ocupacional (por ejemplo, exposición ocupacional a agentes tóxicos en la agricultura o manufactura).

Sí. Para recibir pagos a tiempo, su paciente o la persona que cuida de su paciente necesita que usted presente un certificado médico completo y exacto de manera oportuna. Estos certificados se deben presentar en un plazo de 49 días desde la fecha en la que comienza la incapacidad de su paciente, o en un plazo de 41 días desde la fecha en la que comienza la ausencia familiar de la persona que cuida de mi paciente.

Si se atrasa en la certificación de la solicitud, es posible que se atrasen, se nieguen o reduzcan los beneficios de su paciente o la persona que cuida de su paciente.

Seguro de Incapacidad

En las solicitudes iniciales, usted debe presentar el certificado médico en un plazo de 49 días desde la fecha en que comenzó la incapacidad. Para solicitudes continuas, usted debe presentar la extensión médica titulada en inglés Physician/Practitioner’s Supplementary Certificate en un plazo de 20 días desde la fecha de envío o emisión.

Permiso Familiar Pagado

En las solicitudes iniciales, usted debe presentar el certificado médico en un plazo de 41 días desde la fecha en que comenzó la ausencia familiar. Para solicitudes continuas, usted debe presentar la extensión médica titulada en inglés Physician/Practitioner’s Supplementary Certificate en un plazo de 20 días desde la fecha de envío.

Sí. Las cirugías electivas o cosméticas están cubiertas si el paciente cumple con los requisitos de elegibilidad.

Sí. Los beneficios se pagan por un periodo de tiempo limitado a los residentes de centros de rehabilitación para alcohólicos o de centros de recuperación por abuso de drogas. El centro debe estar autorizado y certificado por el estado en donde se ubique el centro. Las incapacidades relacionadas con alcoholismo crónico severo o abuso de drogas, que estén bajo tratamiento médico, no tienen esta limitación.

Usted puede presentar las certificaciones médicas a través de SDI Online o al completar y enviar por correo postal el formulario impreso: Solicitud de Beneficios del Seguro de Incapacidad (DI) (DE 2501/S) o Solicitud de Beneficios del Permiso Familiar Pagado (PFL) (DE 2501F/S). Para más información, visite Información básica para médicos/profesionales médicos para la certificación y administración de solicitudes.

Sí. No existe ninguna ley que prohíba que les cobre a sus pacientes por completar los formularios del Seguro de Incapacidad o del Permiso Familiar Pagado.

El EDD sigue todas las leyes federales y estatales, así como la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud (HIPPA, por sus siglas en inglés) para el manejo de expedientes e información médica en las solicitudes del Seguro de Incapacidad y del Permiso Familiar Pagado.