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Sobrepagos de beneficios y multas

Un sobrepago de beneficios ocurre cuando usted recibe beneficios por desempleo, por incapacidad o del Permiso Familiar Pagado (PFL, por sus siglas en inglés) y no es elegible para recibirlos. Es muy importante que usted reembolse cualquier sobrepago para evitar su cobranza y consecuencias legales.

Cómo le notificaremos

Notificación de la posibilidad de pago indebido

Es posible que le enviemos por correo postal una Notificación de la Posibilidad de Pago Indebido si necesitamos más información para verificar si recibió un sobrepago o determinar la cantidad que le pagaron en exceso.

En el caso de un posible sobrepago de beneficios por desempleo, debe responder a la notificación dentro de 15 días para que podamos tomar una determinación correcta. Para los beneficios por incapacidad o del PFL, debe responder dentro de 14 días.

Si determinamos que el posible sobrepago no fue su culpa o no se debió a un fraude, podría calificar para una exención del sobrepago. Le enviaremos una declaración financiera personal titulada en inglés Personal Financial Statement (DE 1446) con la Notificación de la Posibilidad de Pago Indebido.

Exención del sobrepago

Para ser considerado para una exención, debe completar y enviarnos la declaración financiera personal titulada en inglés Personal Financial Statement (DE 1446). Revisaremos la información que proporcione para determinar si la obligación de rembolsar el sobrepago causaría dificultades extraordinarias para usted. Para saber cómo determinamos si califica para una exención, consulte las preguntas frecuentes acerca de los sobrepagos.

Nota: Si no le enviamos una declaración financiera personal titulada en inglés Personal Financial Statement (DE 1446), no podrá solicitar una exención.

Beneficios por desempleo

Si reúne los requisitos para una exención, le enviaremos un Aviso de Exención de un Sobrepago con la cantidad de la exención. Si no califica para una exención, le enviaremos un Aviso de un Sobrepago de Beneficios con el motivo por el cual se denegó la exención. Si no está de acuerdo con el Aviso de un Sobrepago de Beneficios, presente una apelación por escrito dentro de 30 días.

Beneficios por incapacidad o PFL

Si reúne los requisitos para una exención, le enviaremos un Aviso de un Sobrepago de Beneficios con la cantidad de la exención. Si no califica para una exención, le enviaremos la Notificación de Negación de la Exención del Sobrepago de Beneficios, junto con el Aviso de un Sobrepago de Beneficios y un formulario de apelación.

Aviso de un sobrepago

Si determinamos que recibió beneficios y no era elegible para recibirlos, le enviaremos por correo postal el Aviso de un Sobrepago de Beneficios o la Notificación de Negación de Beneficios y Sobrepago de Beneficios. El documento incluirá:

  • La cantidad total adeudada
  • Un resumen de cada semana en la que recibió un sobrepago
  • Información sobre cómo apelar

Si no reúne los requisitos para una exención, su notificación también incluirá la razón por la cual se denegó la exención.

Usted tiene derecho a apelar una determinación de sobrepago. En tal caso, debe presentar su apelación dentro de 30 días de la fecha de envío que figura en el Aviso de un Sobrepago de Beneficios o la Notificación de Negación de Beneficios y Sobrepago de Beneficios. Puede descargar el Formulario de Apelación (DE 1000M) (PDF) o usar la copia incluida con el aviso de sobrepago.

Si no tiene el Formulario de Apelación, puede enviarnos una carta para apelar la determinación de sobrepago. La carta debe incluir su nombre, dirección, número de Seguro Social y por qué no está de acuerdo con la determinación.

Importante: Envíe la apelación o carta a la dirección indicada en el aviso de sobrepago.

Si su apelación es aprobada, recibirá una notificación de la Junta de Apelaciones del Seguro de Desempleo de California (CUIAB, por sus siglas en inglés). Si su apelación es negada, la CUIAB le enviará una notificación y usted continuará recibiendo avisos para el cobro del sobrepago.

Para obtener más información, visite el sitio web de la CUIAB (solamente en inglés).

Cómo reembolsar su sobrepago

No puede reembolsar el sobrepago por internet hasta que reciba la Notificación de Cobro de Sobrepago de Beneficios (DE 8344JUDR/S) con su número de carta y número de solicitante. Le enviaremos este documento por correo postal 30 días después de que le enviemos el Aviso de un Sobrepago de Beneficios o la Notificación de Negación de Beneficios y Sobrepago de Beneficios, o cuando se le deniegue una apelación.

Nota: Puede reembolsar el sobrepago con cheque antes de recibir la Notificación de Cobro de Sobrepago de Beneficios. Consulte las instrucciones indicadas en el Aviso de un Sobrepago de Beneficios.

Opciones de pago

Servicios de Sobrepago de Beneficios

La mejor forma de manejar su sobrepago es mediante los Servicios de Sobrepago de Beneficios. Una vez registrado, usted podrá:

  • Hacer un pago.
  • Ver su saldo y sus pagos.
  • Establecer un acuerdo de pagos mensuales.

Haga su pago a través de Servicios de Sobrepago de Beneficios

Hacer un pago único

Si no se registra en los Servicios de Sobrepago de Beneficios, aún puede hacer un pago por internet.

  • Pague por débito por medio de la cámara de compensación automatizada (sin cargo).
  • Pague con tarjeta de crédito o débito (se aplican cargos ) a través de ACI Payments, Inc.

Hacer un pago

Nota: ACI Payments, Inc. administra nuestro programa de tarjetas de crédito y débito (con una cargo de conveniencia). El cargo de conveniencia no se paga al EDD.

Puede hacer un pago por teléfono con tarjeta de crédito mediante ACI Payments, Inc. (se le cobrará una cuota).

  1. Llame al número gratuito 1-800-2PAYTAX (1-800-272-9829).
  2. Elija la opción 3.
  3. Ingrese el código de jurisdicción 1577 y siga las instrucciones grabadas.

Nota: ACI Payments, Inc. administra nuestro programa de tarjetas de crédito y débito (con una cargo de conveniencia). El cargo de conveniencia no se paga al EDD.

Puede hacer un pago por correo postal con un cheque personal, cheque de caja o giro postal a nombre del EDD. Incluya su número de solicitante.

Envíe el pago a:

Employment Development Department
Attention: Cashier Benefit Recovery
PO Box 826806
Sacramento, CA 94206-0001

Multas

Si no rembolsa el sobrepago a tiempo, es posible que ese dinero se reste de sus beneficios por desempleo, por incapacidad o del PFL en el futuro. También podemos:

  • Retener los rembolsos de sus impuestos federales o estatales sobre los ingresos
  • Retener sus ganancias de la lotería estatal
  • Retener otro dinero que el Estado le deba
  • Presentar ante un tribunal una demanda en su contra
  • Cobrarle los honorarios judiciales e intereses
  • Registrar un gravamen en contra de su propiedad

Para obtener más información, visite:

Servicios de Sobrepago de Beneficios

La mejor forma de manejar su sobrepago es mediante los Servicios de Sobrepago de Beneficios.

Comuníquese con nosotros

Si tiene preguntas acerca de su sobrepago, llame al 1-800-676-5737 durante las horas hábiles normales.

Si tiene preguntas sobre su solicitud o desea solicitar una copia del aviso de sobrepago:

  • Desempleo: 1-800-300-5616
  • Incapacidad: 1-800-480-3287
  • Permiso Familiar Pagado: 1-877-238-4373

Aviso público

Notificación del acuerdo de demanda colectiva que afecta los derechos de los solicitantes del Seguro de Desempleo. La audiencia de aprobación final está programada para el 26 de mayo de 2023.