Requisitos de notificación de fin de año
El siguiente es un resumen de los requisitos de notificación de fin de año que debe completar.
Debe proporcionarles a los empleados el formulario federal Comprobante de salarios e impuestos (Formulario W-2) antes del 31 de enero (o el siguiente día laborable si cae un domingo o día festivo). Si no proporciona un Formulario W-2 a cada empleado, o presenta declaraciones falsas o fraudulentas, se le aplicará una multa.
Código fiscal
Solamente en inglés:
- Código del Seguro de Desempleo de California – sección 13050
- Código del Seguro de Desempleo de California – sección 13052
- Código del Seguro de Desempleo de California – sección 13052.5
- Código de Ingresos e Impuestos – sección 17041
Para más información
Puede encontrar los requisitos y las instrucciones para reportar del Formulario W-2 del IRS en los siguientes documentos (solamente en inglés):
- Employer's Tax Guide (Publication 15, Circular E)
- Instructions for Forms W-2 and W-3 (PDF)
- Forms, Instructions and Publications - IRS website
Para obtener ayuda con la información estatal en el Formulario W-2, consulte el documento California Employer’s Guide (DE 44) (PDF) (solamente en inglés) o comuníquese con el EDD al 1-888-745-3886. Si el empleador realiza servicios en más de un estado, comuníquese con el otro estado para obtener orientación.
Se requiere notificación al empleado
Los empleadores que están sujetos y obligados a ofrecer el Seguro de Desempleo a sus empleados deben proporcionar una notificación del Crédito Tributario por el Ingreso del Trabajo (EITC, por sus siglas en inglés) al empleado en persona, enviándola por correo a la dirección más reciente que se tenga del empleado o enviándola por correo electrónico si el empleado ha optado por recibir estados de cuenta o información en forma electrónica. La publicación de esta información en un tablero de anuncios para empleados no cumplirá el requisito de notificación. Para obtener más información, consulte el Proyecto de Ley de la Asamblea 1355.
La notificación se proporcionará dentro de una semana antes, después o durante el tiempo en que el empleador facilite al empleado un resumen salarial anual, incluidos, entre otros, los formularios W-2 o 1099. La notificación incluirá instrucciones sobre cómo obtener cualquier notificación disponible del IRS para este propósito, incluida, entre otros, la notificación 797 del IRS o cualquier notificación o formulario posterior, o cualquier notificación que usted haya creado, siempre que esté escrito de la siguiente forma:
“Según sus ingresos anuales, puede ser elegible para recibir el crédito tributario por el ingreso del trabajo del gobierno federal. El crédito fiscal por ingreso del trabajo es un crédito fiscal federal reembolsable para personas y familias trabajadoras de bajos ingresos. El crédito tributario por el ingreso del trabajo no tiene efecto sobre ciertos beneficios sociales. En la mayoría de los casos, los pagos del crédito tributario por el ingreso del trabajo no se utilizarán para determinar la elegibilidad para Medicaid, ingresos de seguridad suplementarios, cupones de alimentos, viviendas para personas de bajos ingresos o la mayoría de los pagos de asistencia temporal para familias necesitadas. Incluso si no debe impuestos federales, debe presentar una declaración de impuestos para recibir el crédito fiscal por ingreso del trabajo. Asegúrese de completar el formulario de crédito tributario por el ingreso del trabajo en el folleto de declaración de impuestos federales sobre el ingreso. Para obtener información sobre su elegibilidad para recibir el crédito tributario por ingreso del trabajo, incluida información sobre cómo obtener la notificación 797 del IRS, o cualquier otro formulario e instrucción necesarios, visite el IRS (irs.gov) o comuníquese con el IRS al 1-800-829. -3676.”
Consulte la información del EITC para empleadores para más información.
Día de Concientización del EITC
El 26 de enero es el Día de Concientización del Crédito Tributario por el Ingreso del Trabajo. El Día de Concientización del EITC representa un esfuerzo nacional que se centra en ese importante crédito tributario federal. Al IRS se le unen en este esfuerzo organizaciones caritativas, oficiales electos, gobiernos estatales y locales, empleadores y comunidades locales de todo el país.
Alentamos a los contribuyentes de California a conocer más acerca del Crédito Tributario por el Ingreso de Trabajo para saber si son elegibles para este crédito reembolsable en su declaración fiscal federal. Para ayudarle a presentar y solicitar el crédito, hay sitios gratuitos de preparación de impuestos.
Crédito Tributario por el Ingreso del Trabajo en California
El Crédito Tributario por el Ingreso del Trabajo en California (CalEITC, por sus siglas en inglés) es reembolsable y está disponible para personas trabajadoras de bajos ingresos que obtuvieron ingresos salariales sujetos a la retención de California y/o tienen ingresos netos del trabajo por cuenta propia. Este crédito es similar al Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC) federal, pero con diferentes limitaciones de ingresos. Para reclamar el CalEITC, debe presentar una declaración de impuestos sobre la renta en California y adjuntar un formulario completo de Crédito Fiscal por Ingreso del Trabajo en California (FTB 3514). Para obtener información sobre la disponibilidad del crédito, los requisitos de elegibilidad y cómo obtener los formularios de impuestos de California necesarios u obtener ayuda para presentar una solicitud, visite la Franchise Tax Board (Junta de Impuestos de Franquicia) (FTB, por sus siglas en inglés) o llame al 1-800-852-5711.
Los individuos, las sociedades, las corporaciones y otras organizaciones involucradas en el comercio en California podrían tener la obligación de reportar pagos realizados a contratistas independientes.
Evite multas
De ser necesario, debe proporcionar una declaración de información (Formulario 1099) a un contratista independiente antes del 31 de enero (o el siguiente día laborable si cae un fin de semana o un día festivo), o tendrá que pagar una multa.
Código fiscal
Solamente en inglés
- California Unemployment Insurance Code – section 13052.5
- Revenue and Taxation Code – section 19175
- Revenue and Taxation Code – section 17041
Para más información
Puede encontrar los requisitos y las instrucciones para el reporte del Formulario 1099 del IRS en los siguientes documentos (solamente en inglés):
- Specifications for Electronic Filing of Forms 1097, 1098, 1099, 3922, 5498, and W-2G (IRS Publication 1220) (PDF) – Requisitos de reporte e instrucciones del Formulario 1099.
- General Rules and Specifications for Substitute Forms 1096, 1098, 1099, 5498, W-2G, and 1042-S (IRS Publication 1179) (PDF) – Reglas para declaraciones alternativas si no usa un Formulario 1099.
- Formularios, instrucciones y publicaciones – sitio web del IRS
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Comuníquese con nosotros
Si tiene preguntas, comuníquese con las oficinas de impuestos sobre la nómina. También puede comunicarse con el Centro de Asistencia al Contribuyente al 1-888-745-3886 o visitar la Oficina de Impuestos sobre el Empleo local.
Otros recursos
- Cómo corregir reportes, declaraciones o depósitos anteriores
- Guía para el empleador de California (DE 44) (PDF) (inglés)
- Hoja de información – Impuestos sobre la nómina (DE 8714E) (PDF) (inglés)
- Preguntas frecuentes
- Determine qué salarios son imponibles y calcule el monto de impuestos que adeuda
- Household Employer's Guide (DE 8829) (PDF)