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Dumping de la SUTA

El dumping de la Ley Estatal de Impuestos al Desempleo (SUTA, por sus siglas en inglés) es uno de los principales problemas que enfrenta el programa del Seguro de Desempleo (UI). El dumping de la SUTA es un esquema de evasión fiscal en el que se establecen empresas ficticias para obtener bajas tasas del impuesto del UI. Cuando se obtiene una baja tasa del UI, la nómina de otra entidad con una tasa del UI más alta se transfiere a la cuenta con la tasa más baja. Después, la entidad con la tasa más alta es dumped (descartada).

El dumping de la SUTA también se conoce como “evasión del impuesto estatal al desempleo” y “manipulación de la tasa impositiva”.

El impacto del dumping de la SUTA

Bajo el sistema de calificación basado en la experiencia, los empleadores con una alta actividad de desempleo pagan tasas del UI más altas, y los empleadores con menor actividad pagan menos. Los empleadores que evitan pagar lo que les corresponde a través de esquemas como el dumping de la SUTA le pasan sus costos a otros empleadores. Como resultado, la responsabilidad de compensar el impuesto no pagado recae en otros empleadores.

El dumping de la SUTA perjudica a todos

Los empleadores, empleados y contribuyentes compensan la diferencia con impuestos más altos, trabajos y ganancias perdidas, salarios más bajos y costos más altos para los bienes y servicios.

El dumping de la SUTA:

  • Le cuesta millones de dólares al fondo fiduciario del UI cada año
  • Afecta negativamente las tasas impositivas de todos los empleadores
  • Crea desigualdades para los empleadores que respetan las reglas
  • Elimina el incentivo para que los empleadores eviten los despidos
  • Compromete la integridad del sistema del UI

Estos esquemas están hechos para bajar ilegalmente la tasa del impuesto del UI de un empleador. Los empleadores deben saber sobre estos esquemas y sus posibles ramificaciones legales.

Los esquemas de dumping de la SUTA incluyen:

  • Transacción para comprar una empresa ficticia
    Una empresa con una nómina grande y una tasa del UI alta compra una empresa ficticia con una tasa del UI baja y transfiere su nómina a la entidad que compró.
  • Transacción de afiliación a una empresa ficticia
    Se registra una nueva empresa y se informa una nómina pequeña cada año hasta que se alcanza una tasa del UI baja o mínima. Una vez que se alcanza esta tasa baja, se transfieren a su cuenta grandes cantidades de la nómina de otra empresa relacionada.
  • Tasa de empleador nuevo
    Un empleador con una tasa del UI alta presenta un formulario de registro solicitando un nuevo número de cuenta del empleador, la que tiene una tasa más baja (los empleadores nuevos pagan un 3.4 por ciento en California). Luego, la nómina se transfiere a la cuenta nueva.
  • Declaración bajo un número de cuenta de un cliente
    Una empresa de subcontratación de empleados o una organización de empleadores profesionales con una tasa del UI alta transfiere su nómina al número de cuenta de uno de sus clientes con una tasa del UI más baja.
  • Alto más alto es igual a bajo (High Plus High Equals Low)
    Una cuenta con una tasa del UI alta con una nómina grande se transfiere a otra cuenta con una tasa del UI alta y una nómina pequeña a principios de l año. Como el cálculo de la nómina base promedio se realiza con base en un año calendario, solamente se considera la nómina pequeña. Sin embargo, los impuestos de la nómina grande se agregan al saldo de la cuenta de reserva a partir del 30 de junio, lo que resulta en el establecimiento de una tasa del UI muy baja para el año siguiente.
  • Estacionamiento de la nómina
    Dos empresas no relacionadas negocian (por un precio) que la totalidad o una parte de la nómina del empleador con la tasa del UI más alta sea "estacionada" en la cuenta del otro y se reporte la tasa del UI más baja.
  • Adquisición de cuenta de reserva parcial
    Una empresa registrada recientemente solicita un saldo de la cuenta de reserva parcial de otra empresa. Cuando se adquiere el pequeño saldo de reserva, también se adquiere una nómina de base promedio pequeña similar. Luego una entidad relacionada transfiere cientos de millones de nómina a la cuenta pequeña. Debido a que la nómina base promedio se cuenta al año calendario y las cuentas de reserva se suman trimestralmente, el resultado inunda el saldo de reserva en relación con la nómina de base promedio pequeña. Se obtiene una tasa mínima el año siguiente.
  • Mitigación de posibles cargos negativos de la cuenta de reserva
    Una empresa que contrata a trabajadores temporales forma una nueva entidad y obtiene un número de cuenta del impuesto sobre la nómina separado. Los pagos a los trabajadores temporales se realizan a través de esta cuenta. Cuando son despedidos y presentan solicitudes del UI, la empresa nueva se declara en quiebra y los cargos negativos de la cuenta de reserva se distribuyen a otras empresas en el estado. Esto ocurre normalmente cuando se considera una acción laboral y se contratan trabajadores temporales sabiendo que serán despedidos después de la acción laboral. Otra variación de este esquema ocurre cuando una empresa planea hacer una reducción de personal. Los empleados que serán despedidos se transfieren a una cuenta subsidiaria. Esto protege la cuenta de reserva de la empresa inicial de los cargos del UI.

Los empleadores que participan en el dumping de la SUTA o en otros esquemas de manipulación de tasas deliberadamente declaran hechos falsos sobre sus negocios. Bajo los estatutos de California, es ilegal hacer declaraciones falsas intencionalmente y omitir hechos básicos en documentos fiscales del UI para reducir los impuestos del UI.

Hay leyes federales y estatales que han sido aprobadas para combatir el dumping de la SUTA. Los siguientes enlaces solamente están disponibles en inglés:

Ley de Prevención del Dumping de la SUTA de 2004 (SUTA Dumping Prevention Act of 2004): Esta ley requiere que cada estado promulgue leyes para prevenir que los empleadores bajen sus tasas de contribución del UI de manera inapropiada. La ley no solo prohíbe el dumping de la SUTA, sino que también impone grandes multas para aquellos que promueven o participan en la evasión de impuestos.

AB 664: California fue uno de los primeros estados del país en promulgar legislación como resultado de la Ley federal de Prevención del Dumping de la SUTA.

Esta ley de California:

  • Sanciona a cualquier empleador si se descubre reduciendo ilegalmente sus tasas del UI. Estos empleadores deberán pagar la tasa más alta establecida por la ley, más un 2 por ciento adicional.
  • Ordena la imposición de lo que sea mayor, ya sea una multa de $5,000 o el 10 por ciento de las contribuciones no declaradas, multas e intereses, para cualquiera que aconseje intencionalmente a otra persona o negocio a violar la tasa del UI y las leyes de declaración de California.
  • Especifica que en cualquier momento que un empleador transfiera su negocio a otro empleador, la cuenta de reserva será transferida si está bajo posesión, administración o control común. Si la adquisición ocurrió con el fin de obtener una tasa del UI más baja, se denegará la transferencia.

Nota: Para más información, conozca las últimas adiciones y enmiendas aplicables a la AB 664 (solamente en inglés).

El EDD investiga y lleva a juicio a los empleadores que participan el dumping de SUTA y otros esquemas de evasión fiscal. El EDD tiene la autoridad para de requerir registros y citar personas en sus investigaciones. Además, colabora regularmente con empleadores y asesores fiscales para garantizar que conozcan estos esquemas y ayudarlos a evitar futuros problemas legales.

Todas las alegaciones de fraude se toman con seriedad. Si cree que alguien está cometiendo fraude o participando en el dumping de la SUTA, denúncielo ante el EDD inmediatamente. Proporcione toda la información que pueda, incluyendo:

  • Nombre, dirección y número de teléfono del empleador
  • Número de cuenta del empleador
  • Qué está haciendo
  • Cuándo comenzó a hacerlo
  • Su nombre, dirección y número de teléfono (opcional)

Puede realizar la denuncia por teléfono o por fax:

  • Teléfono: 1-800-528-1783
  • Fax: 1-916-227-2772