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Información histórica

Vea información histórica (tasas de contribución, esquemas de retención y valores de comidas y alojamiento) de años anteriores.

Para obtener más información, consulte las actuales Tasas de contribución, esquemas de retenciones y valores de comidas y alojamiento.

Tasas del UI, ETT y SDI

Consulte las tasas del Seguro del Desempleo (UI), Impuesto de Capacitación Laboral (ETT) y Seguro Estatal de Incapacidad (SDI) de años anteriores.

La lista de las tasas de impuestos y los límites salariales sujetos a impuestos de los últimos años se encuentra en el formulario Tasas de impuestos, límites salariales y valor de las comidas y alojamiento (DE 3395/S)(PDF).

Tasa del Seguro de Desempleo (UI)

El esquema de la tasa del UI de 2023 es un Esquema F+. Se trata del Esquema F, más un 15 por ciento de sobrecargo de emergencia, redondeado al próximo decimal. El Esquema F+ proporciona tasas de contribución del UI del 1.5 al 6.2 por ciento. El límite salarial sujeto a impuestos es de $7,000 por empleado por año calendario.

Excepción: los empleadores sujetos a los lineamientos de la sección 977(c) del Código del Seguro de Desempleo de California (CUIC) deben pagar la tasa más alta proporcionada por la ley, más un 2 por ciento adicional. Ver Dumping de la SUTA (AB 664).

El límite salarial sujeto a impuestos es de $7,000 por empleado. Para más información acerca de cómo se determina su tasa del UI, consulte el formulario Hoja de InformacIón: Sistema de Calificación Basado en la Experiencia de California (DE 231Z) (PDF).

Tasa del Impuesto de Capacitación Laboral (ETT)

La tasa del ETT de 2023 es del 0.1 por ciento. El límite salarial sujeto a impuestos del ETT es de $7,000 por empleado por año calendario.

Tasa del impuesto del Seguro Estatal de Incapacidad (SDI)

La tasa de retención del SDI de 2023 es del 0.9 por ciento. El límite salarial sujeto a impuestos es de $153,164 por cada empleado por año calendario. El monto máximo de retención por cada empleado es de $1,378.48.

Sus tasas de impuestos del UI, ETT y SDI se combinan en un solo formulario, solamente disponible en inglés, llamado Notice of Contribution Rates and Satement of UI Reserve Account (DE 2088). El formulario DE 2088 se le enviará por correo postal en el mes de diciembre, con fecha de envío del 31 de diciembre. Usted contará con 60 días a partir de la fecha de envío del 31 de diciembre para reclamar cualquier punto del formulario DE 2088 excepto aquello relacionado con el SDI y el ETT, que son específicamente establecidos por la ley. 

Nuevos empleadores: se les asigna una tasa de impuestos del 3.4 por ciento del UI por un periodo de dos a tres años. Esto dependerá de cuándo cumplan con los requisitos de la sección 982(b) del Código del Seguro de Desempleo de California (CUIC). Si compraron un negocio establecido, tienen la opción de mantener la tasa de impuestos del UI del dueño anterior (consultar Cambios en su negocio).

Las tasas tributarias y los límites salariales imponibles de los últimos años se encuentran en el documento Tasas de impuestos, límites salariales y valor de las comidas y alojamiento (DE 3395/S) (PDF).

Tasa del UI

Para el 2022, el esquema de tasas del UI es el Anexo F+. Este es el Anexo F, más un cargo de emergencia del 15 por ciento, redondeado al decimal más próximo. El Anexo F+ establece tasas de contribución del UI del 1.5 por ciento al 6.2 por ciento.

Excepción: Los empleadores que están sujetos a la sección 977(c) del California Unemployment Insurance Code (Código del Seguro de Desempleo, o CUIC) deben pagar la tasa más alta establecida por ley, más otro 2 por ciento. Vea la página Dumping de la SUTA (AB 664).

El límite de salarios sujetos a impuestos es de $7,000 por empleado. Para saber cómo se calcula la tasa del UI, vea Hoja de información: Sistema de calificación basado en la experiencia de California DE 231Z/S (PDF).

El programa de contribuciones voluntarias al UI no está en vigor para el 2021.

Tasa del ETT

La tasa del ETT para el 2021 es del 0.1 por ciento. El límite de salarios sujetos a impuestos del UI y del ETT sigue siendo de $7,000 por empleado por año calendario.

Tasa del SDI

La tasa de retención del SDI para 2022 es del 1.1 por ciento. El límite de salarios sujetos a impuestos es de $145,600 por cada empleado por año calendario. La cantidad máxima a retener por cada empleado es de $1,601.60.

Sus tres tasas tributarias (UI, ETT y SDI) se combinan en un solo aviso, Notice of Contribution Rates and Statement of UI Reserve Account (DE 2088) (solamente en inglés). El DE 2088 se le enviará por correo postal en diciembre, con fecha de envío del 31 de diciembre. Tendrá 60 días desde esa fecha de envío para disputar cualquier punto que figura en el DE 2088, salvo las tasas del SDI y del ETT, que están establecidas por ley.

Nuevos empleadores: Tendrá una tasa del UI del 3.4 por ciento durante dos o tres años, dependiendo de cuándo usted reúne los criterios de la sección 982(b) del CUIC. Si compró un negocio ya establecido, tiene la opción de retener la tasa impositiva del UI del dueño previo (vea la sección Compra de un negocio con empleados en esta página).

Las tasas tributarias y los límites salariales imponibles de los últimos años se encuentran en el documento Tasas de impuestos, límites salariales y valor de las comidas y alojamiento (DE 3395/S) (PDF).

Tasa del UI

Para el 2021, el esquema de tasas del UI es el Anexo F+. Este es el Anexo F, más un cargo de emergencia del 15 por ciento redondeado al decimal más próximo. El Anexo F+ establece tasas de contribución del UI desde el 1.5 por ciento hasta el 6.2 por ciento.

Excepción: los empleadores que están sujetos a la sección 977(c) del California Unemployment Insurance Code (Código del Seguro de Desempleo, o CUIC) deben pagar la tasa más alta establecida por ley, más otro 2 por ciento. Vea la página Dumping de la SUTA (AB 664).

El límite de salarios sujetos a impuestos es de $7,000 por empleado. Para saber cómo se calcula su tasa del UI, vea Hoja de información: Sistema de Calificación Basado en la Experiencia de California (DE 231Z/S) (PDF).

El programa de contribuciones voluntarias al UI no está en vigor para el 2021.

Tasa del ETT

La tasa del ETT para el 2021 es del 0.1 por ciento. El límite de salarios sujetos a impuestos del UI y del ETT sigue siendo de $7,000 por empleado por año calendario.

Tasa del SDI

La tasa de retención del SDI para el 2021 es del 1.2 por ciento. El límite de salarios sujetos a impuestos es de $128,298 por cada empleado por año calendario. La cantidad máxima a retener por cada empleado es de $1,539.58.

Sus tres tasas tributarias (UI, ETT y SDI) se combinan en un solo aviso, Notice of Contribution Rates and Statement of UI Reserve Account (DE 2088) (solamente en inglés). El DE 2088 se le enviará por correo postal en diciembre, con fecha de envío del 31 de diciembre. Tendrá 60 días desde esa fecha de envío para disputar cualquier punto que figura en el DE 2088, salvo las tasas del SDI y del ETT, que están establecidas por ley.

Nuevos empleadores: Tendrá una tasa del UI del 3.4 por ciento durante dos o tres años, dependiendo de cuándo usted reúne los criterios de la sección 982(b) del CUIC. Si compró un negocio ya establecido, tiene la opción de retener la tasa impositiva del UI del dueño previo (vea la sección Compra de un negocio con empleados en esta página).

Las tasas tributarias y los límites salariales imponibles de los últimos años se encuentran en el documento Tasas de impuestos, límites salariales y valor de las comidas y alojamiento (DE 3395/S) (PDF).

Tasa del UI

Para el 2020, el esquema de tasas del UI es el Anexo F+. Este es el Anexo F, más un cargo de emergencia del 15 por ciento redondeado al decimal más próximo. El Anexo F+ establece tasas de contribución del UI desde el 1.5 por ciento hasta el 6.2 por ciento.

Excepción: los empleadores que están sujetos a la sección 977(c) del California Unemployment Insurance Code (Código del Seguro de Desempleo, o CUIC) deben pagar la tasa más alta establecida por ley, más otro 2 por ciento. Vea la página Dumping de la SUTA (AB 664).

El límite de salarios sujetos a impuestos es de $7,000 por empleado. Para saber cómo se calcula su tasa del UI, vea Hoja de información: Sistema de Calificación Basado en la Experiencia de California (DE 231Z/S) (PDF).

El programa de contribuciones voluntarias al UI no está en vigor para el 2020.

Tasa del ETT

La tasa del ETT para el 2020 es del 0.1 por ciento. El límite de salarios sujetos a impuestos del ETT sigue siendo de $7,000 por empleado por año calendario.

Tasa del SDI

La tasa de retención del SDI para el 2020 es del 1.00 por ciento. El límite de salarios sujetos a impuestos es de $122,909 por cada empleado por año calendario. La cantidad máxima a retener por cada empleado es de $1,229.09.

Sus tres tasas tributarias (UI, ETT y SDI) se combinan en un solo aviso, Notice of Contribution Rates and Statement of UI Reserve Account (DE 2088) (solamente en inglés). El DE 2088 se le enviará por correo postal en diciembre, con fecha de envío del 31 de diciembre. Tendrá 60 días desde esa fecha de envío para disputar cualquier punto que figura en el DE 2088, salvo las tasas del SDI y del ETT, que están establecidas por ley.

Nuevos empleadores: Tendrá una tasa del UI del 3.4 por ciento durante dos o tres años, dependiendo de cuándo usted reúne los criterios de la sección 982(b) del CUIC. Si compró un negocio ya establecido, tiene la opción de retener la tasa impositiva del UI del dueño previo (vea la sección Compra de un negocio con empleados en esta página).

Empleados no marítimos

El valor se establece en 66-2/3 por ciento del valor de renta ordinario al público. La siguiente tabla incluye las cantidades mínimas y máximas de cada año.

Rango de valores de alojamiento para empleados no marítimos
Valor de alojamiento 2023 2022 2021 2020
Mínimo $57.05 $55.60 $54.75 $52.10
Máximo $1,759 $1,715 $1,688 $1,607
Valores de comidas para empleados no marítimos
Comida 2023 2022 2021 2020
Desayuno $2.85 $2.65 $2.55 $2.45
Almuerzo $4.25 $4.00 $3.85 $3.70
Cena $6.75 $6.30 $6.05 $5.85
Total $13.85 $12.95 $12.45 $12.00
Una comida no identificada como desayuno, almuerzo ni cena $4.95 $4.65 $4.45 $4.30

Pescadores

Los valores de comidas y alojamiento de los empleados marítimos son distintos que los de los demás empleados. Los valores de alojamiento para los empleados marítimos solamente se aplican cuando las instalaciones cumplen con estándares mínimos específicos. Para periodos de menos de una semana, el valor de alojamiento se establece por semana o por día.

Rango de valores de alojamiento para empleados no marítimos
Valor de alojamiento 2023 2022 2021 2020
Por semana $57.05 $55.60 $55.60 $52.10
Por día $8.10 $7.90 $7.75 $7.40
Valores de comidas y alojamiento para empleados marítimos con licencia
Personal con licencia 2023 2022 2021 2020
Comidas $13.85 $12.95 $12.45 $12.00
Alojamiento $8.10 $11.60 $11.40 $10.85
Total por dia $21.95 $24.55 $23.85 $22.85