Avisos y panfletos requeridos
Aprenda sobre la obligación que tienen de los empleadores de publicar los siguientes avisos y panfletos o de proporcionarlos a sus empleados.
Obligación de publicar
Una vez que el empleador se registra con el EDD para abrir una cuenta del impuesto sobre la nómina, recibirá un aviso que debe publicar para informar a sus empleados de sus derechos bajo los programas del Seguro de Desempleo (UI), el Seguro de Incapacidad (DI) y el Permiso Familiar Pagado (PFL). Este aviso se debe publicar en un lugar donde los empleados puedan verlo fácilmente.
Los empleadores recibirán el siguiente aviso si están sujetos al:
- UI, DI y PFL - Aviso para los empleados (DE 1857A/S) (PDF)
- UI solamente - Aviso para los empleados acerca del Seguro de Desempleo (DE 1857D/S) (PDF)
- DI y PFL solamente - Aviso para los empleados (DE 1858/S) (PDF)
Puede encontrar los formularios en otros idiomas en nuestra página Online Forms and Publications.
Avisos y panfletos
Los empleadores deben proporcionar una copia de los siguientes documentos a cada empleado, cuando corresponda. Los siguientes panfletos explican los derechos a beneficios de los empleados:
- Para su Beneficio: Programas del Estado de California para las Personas Desempleadas (DE 2320/S) (PDF): Brinda información sobre los beneficios del UI, el DI, el PFL y los servicios de empleo disponibles para los empleados.
- Información y Requisitos del Seguro de Incapacidad (DE 2515/S) (PDF): Este folleto describe el programa del DI.
- Permiso Familiar Pagado (DE 2511/S) (PDF): Este folleto describe el programa del PFL.
Nota: Las aseguradoras de los planes voluntarios del Seguro de Incapacidad (DI) tienen materiales similares. Los empleadores con planes voluntarios del DI también deben brindar los formularios de solicitud a sus empleados. Para más información, visite la página de planes voluntarios.
Los empleadores que están sujetos al Seguro de Desempleo y que tienen la obligación de proporcionar este seguro a sus empleados, deberán entregar al empleado una notificación del EITC. Esta notificación se puede entregar directamente al empleado, enviarse por correo postal a la última dirección conocida del empleado o por correo electrónico en caso de que el empleado opte por recibir los estados de cuenta o materiales de forma electrónica. La publicación de esta información en un tablero de anuncios para empleados no es suficiente para cumplir con el requisito de notificarle al empleado. Para obtener más información, consulte la ley de la Asamblea 1355 (solamente en inglés).
La notificación se entregará en el lapso de una semana antes, después, o durante el momento en que el empleador proporcione al empleado un resumen salarial anual, incluidos, entre otros, los formularios W-2 o 1099. La notificación incluirá instrucciones sobre cómo obtener cualquier notificación disponible del IRS para este propósito, incluida, entre otros, la Notificación 797 del IRS o cualquier notificación o formulario sucesor, o cualquier notificación que sea elaborada por usted, siempre y cuando contenga sustancialmente el mismo lenguaje de la siguiente notificación.
“Según sus ingresos anuales, puede ser elegible para recibir el crédito tributario por el ingreso del trabajo del gobierno federal. El crédito tributario por el ingreso del trabajo es un crédito tributario federal reembolsable para personas y familias trabajadoras de bajos ingresos. El crédito tributario por el ingreso del trabajo no tiene efecto sobre ciertos beneficios sociales. En la mayoría de los casos, los pagos del crédito tributario por el ingreso del trabajo no se usarán para determinar la elegibilidad para Medicaid, la seguridad de ingreso suplementario, estampillas de comida, viviendas para personas de bajos ingresos o la mayoría de los pagos de la asistencia temporal para familias necesitadas. Incluso si no debe impuestos federales, debe presentar una declaración de impuestos para recibir el crédito tributario por el ingreso del trabajo. Asegúrese de completar el formulario del crédito tributario por el ingreso del trabajo en el folleto de la declaración federal de impuestos. Para obtener información sobre su elegibilidad para recibir el crédito tributario por el ingreso del trabajo, incluida la información sobre cómo obtener la Notificación 797 del IRS, o cualquier otro formulario o instrucciones necesarios, visite el sitio web del IRS (irs.gov) o comuníquese con el IRS al 1-800-829-3676.”
Para obtener más información, vea la información sobre el EITC federal y estatal en la página Requisitos de notificación de fin de año.
Se debe notificar por escrito de manera inmediata a los empleados de su despido, permiso para ausentarse del empleo o cualquier cambio en su condición de empleo. Este ejemplo de notificación (PDF) (solamente en inglés) cumple con los requisitos mínimos. También le recomendamos preparar un duplicado del aviso del empleado y mantener una copia en sus registros. No se requiere ninguna notificación por escrito en el caso de una renuncia voluntaria, ascenso o descenso de categoría, cambio en la asignación o ubicación laboral (algunos cambios de ubicación requieren un aviso WARN), o si el trabajo se detuvo debido a una disputa laboral.
- La Ley de Notificación de Ajustes y Reentrenamiento del Trabajador requiere que ciertos empleadores den a los empleados afectados por el cierre de una instalación o un despido masivo una notificación por escrito con al menos 60 días de anticipación.
e-Services for Business
Utilice e-Services for Business para administrar en línea su cuenta de impuestos sobre la nómina de empleador.
Manténganse al día
- Consulte Presentación de documentación requerida y fechas de vencimiento
- Consulte Seminarios sobre impuestos de nómina
- Visite la página Noticias y actualizaciones para los empleadores de California
- Reciba anuncios por correo electrónico del EDD
- Obtenga formularios y publicaciones de los impuestos sobre la nómina
Comuníquese con nosotros
Si tiene preguntas, comuníquese con las oficinas de impuestos sobre la nómina. También puede comunicarse con el Centro de Asistencia al Contribuyente al 1-888-745-3886 o visitar la Oficina de Impuestos sobre el Empleo local.
Otros recursos
- Cómo corregir reportes, declaraciones o depósitos anteriores
- Guía para el empleador de California (DE 44) (PDF) (inglés)
- Hoja de información – Impuestos sobre la nómina (DE 8714E) (PDF) (inglés)
- Preguntas frecuentes
- Determine qué salarios son imponibles y calcule el monto de impuestos que adeuda
- Household Employer's Guide (DE 8829) (PDF)