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Preguntas frecuentes – Elegibilidad para el desempleo

Para recibir beneficios por desempleo, debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad cuando los solicite y cuando certifique para los beneficios.

Entendemos que este puede ser un momento difícil. Para verificar si es elegible para los beneficios, le haremos una entrevista telefónica, le enviaremos un correo electrónico con instrucciones sobre cómo completar su Cuestionario de Elegibilidad en línea o le enviaremos el cuestionario titulado Solicitud de información de elegibilidad (4365FF/S) por correo.

Nosotros entendemos que las personas a veces dejan su trabajo por razones importantes. Para ser elegible para recibir beneficios por desempleo, deberá demostrar que tuvo una buena causa para dejar el trabajo y que hizo todos los intentos posibles para conservar su trabajo. Esto incluye solicitar un permiso para ausentarse o transferirse.

Queremos asegurarnos de que entendemos su situación. Después de presentar su solicitud para beneficios, entrevistaremos a usted y a su empleador por teléfono para determinar su elegibilidad.

Perder un trabajo debido a un desastre puede ser abrumador. Puede ser elegible para recibir beneficios por desempleo o Asistencia de Desempleo por Desastre para ayudarlo en este momento difícil.

Si califica, el programa de Beneficios de Capacitación Laboral de California (CTB, por sus siglas en inglés) le permite recibir beneficios por desempleo. Debemos aprobar la escuela o programa de capacitación. Además, debe comunicarse con nosotros antes de la decimosexta semana de sus pagos de beneficios para calificar para una extensión de la capacitación. Si califica, puede obtener semanas adicionales de beneficios. Para obtener más información, visite Extensión de capacitación laboral.

Si asiste a la escuela o a una capacitación y no es elegible para el programa de CTB, aún puede calificar para recibir beneficios por desempleo. Debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad. Esto incluye poder y estar disponible para trabajar, buscar empleo activamente y aceptar cualquier oferta de trabajo cada semana que certifique para recibir beneficios.

Si está enfermo o lesionado, es posible que no califique para recibir beneficios por desempleo. Pero no se preocupe. Los beneficios del Seguro de Incapacidad (DI) podrían ayudarlo mientras se recupera. Para obtener más información, visite Seguro de Incapacidad.

Usted no califica para los beneficios por desempleo, pero puede presentar una solicitud para el programa del Permiso Familiar Pagado de California (PFL). El cuidado de un hijo incluye el nacimiento, adopción o colocación bajo cuidado de crianza (foster care).

Tenga en cuenta que solo puede recibir un tipo de beneficio a la vez. Por ejemplo, si recibe beneficios del PFL, no puede recibir beneficios por desempleo o incapacidad al mismo tiempo.

Si lo despiden temporalmente y tiene una fecha para regresar a su trabajo, cualquier pago de vacaciones o días festivos que reciba durante una semana específica se reducirá de sus beneficios para esa semana.

  • El pago de vacaciones se le asignará para emparejar el número de días que solicitó vacaciones, o el número de días que su empleador le requirió usar como vacaciones durante la ausencia temporal.
  • El pago de días festivos que reciba antes de regresar al trabajo se le asignará a las semanas de días festivos. El pago de días festivos que reciba después de regresar al trabajo se le asignará a la semana en que regrese a trabajar.

Si no tiene una fecha de regreso al trabajo, cualquier pago de vacaciones o días festivos que reciba cuando finalice su trabajo no se reducirá de la cantidad de sus beneficios semanal.

Para poder recibir beneficios del UI, debe comprobar que contaba con un estatus migratorio válido y que estaba autorizado para trabajar en los EE. UU. cuando ganó los salarios que sustenten su solicitud.

Además, debe comprobar que actualmente cuenta con un estatus migratorio válido y que está autorizado para trabajar cada semana que solicite beneficios.

Nota: Nosotros verificamos su estatus migratorio y su permiso de trabajo a través del Departamento de Seguridad Nacional.

Los beneficios se pagan con los impuestos del empleador. No se realizan deducciones de su salario. Tiene derecho a presentar una apelación si cree que se le deben beneficios. Consulte Apelaciones del Seguro de Desempleo.