Disability Insurance – Pregnancy FAQs
Have questions regarding Disability Insurance (DI) and Paid Family Leave (PFL)?
Find answers to frequently asked questions (FAQs) on how the California State Disability Insurance (SDI) program provides short-term disability and PFL benefits. Both DI and PFL are wage replacement benefits available to eligible workers who need time off work.
Seguro de Incapacidad (DI)
Cuando su profesional de la salud con licencia certifique que está imposibilitada para trabajar debido a su embarazo, usted podrá presentar una solicitud del DI por su incapacidad relacionada con el embarazo y recuperación del parto.
Si su condición relacionada con el embarazo requiere que deje de trabajar antes de las cuatro semanas previas a la fecha estimada de nacimiento de su bebé, usted puede presentar una solicitud más temprano. Su profesional de la salud con licencia puede certificar su incapacidad por periodos más largos durante el embarazo y/o después del parto si usted tiene una condición relacionada con el embarazo que no le permite realizar las tareas normales o habituales de su trabajo.
Obtenga más información sobre cómo solicitar el Seguro de Incapacidad y cómo establecer y administrar sus beneficios a través de su cuenta de SDI Online.
Permiso Familiar Pagado (PFL)Cuando se haya recuperado de su incapacidad relacionada con el embarazo y su profesional de la salud con licencia haya determinado que puede volver a trabajar, usted puede presentar una solicitud del PFL. El PFL paga beneficios por hasta ocho semanas para que usted pueda establecer un vínculo afectivo con su nuevo hijo.
Cuando se emita su último cheque por beneficios del DI, el EDD le enviará automáticamente una Solicitud para Beneficios del Permiso Familiar Pagado (PFL) – Maternidad (DE 2501FP/S), o se le enviará el enlace al buzón de entrada de su cuenta de SDI Online.
No. Su solicitud comienza cuando usted deja de recibir sueldos y su profesional de la salud con licencia confirma que no puede hacer las tareas normales o habituales de su trabajo. Sin embargo, si su profesional de la salud con licencia certifica que debe limitar sus horas de trabajo o cambiar sus tareas de trabajo por su embarazo, usted puede ser elegible para recibir beneficios.
Sí. Si su profesional de la salud con licencia determina que no es seguro para su salud llevar a cabo su trabajo normal o habitual, usted puede solicitar beneficios del Seguro de Incapacidad.
Usted puede ser elegible para recibir beneficios según:
- Su edad.
- Su ocupación.
- Sus limitaciones laborales.
- Sus antecedentes de embarazos previos.
- Su condición médica actual.
- La certificación del médico/profesional médico que establezca que está imposibilitada para realizar su trabajo normal o habitual.
Si considera que cumple con los requisitos necesarios, presente una solicitud.
En general, los beneficios por incapacidad duran entre 10 y 12 semanas, según las siguientes condiciones de su embarazo y parto:
- Sin complicaciones médicas: Usted puede recibir beneficios por hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista de nacimiento y hasta seis semanas después del parto.
- Nacimiento por cesárea: Usted puede recibir beneficios por hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista de nacimiento y hasta ocho semanas después del parto.
En algunos casos, su profesional de la salud con licencia puede certificar periodos más largos si hay complicaciones médicas, o si está imposibilitada para realizar las tareas normales o habituales de su trabajo.
No. Una vez que su bebé nace, sus beneficios se limitan al periodo en el que está imposibilitada para realizar su trabajo normal o habitual.
Nuestro programa de Cobertura Electiva del Seguro de Incapacidad (DIEC, por sus siglas en inglés) ofrece a los dueños de negocios y a las personas que trabajan por cuenta propia la opción de protegerse de la pérdida de ingresos por lesión, embarazo o enfermedad, esté o no relacionada con el trabajo.
Seguro de Incapacidad (DI)
Si su profesional de la salud con licencia certifica que está imposibilitada para trabajar debido a su embarazo, usted podrá presentar una solicitud del DI para su incapacidad relacionada con el embarazo y recuperación del parto.
Primero debe dejar de realizar la certificación para los beneficios del UI y notificar al Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en inglés) que está imposibilitada para realizar su trabajo y no está disponible para trabajar. El UI programará una entrevista telefónica con usted para suspender su solicitud, ya que no puede recibir beneficios del DI y del UI al mismo tiempo.
Usted puede solicitar el Seguro de Incapacidad al completar un registro único en myEDD, y luego presentar su solicitud del DI a través de SDI Online. También puede pedir el formulario de la Solicitud de Beneficios del Seguro de Incapacidad (DI) (DE 2501/S) en la página Online Forms and Publications (solamente en inglés) y presentar la solicitud impresa por correo postal.
Permiso Familiar Pagado (PFL)
Cuando se haya recuperado de su incapacidad relacionada con el embarazo y su profesional de la salud con licencia haya determinado que puede volver a trabajar, usted puede presentar una solicitud del PFL. El PFL paga beneficios por hasta ocho semanas para que usted pueda establecer un vínculo afectivo con su nuevo bebé.
Cuando se emita su último cheque por beneficios del DI, el EDD le enviará automáticamente una Solicitud para Beneficios del Permiso Familiar Pagado (PFL) – Maternidad (DE 2501FP/S), o se le enviará el enlace al buzón de entrada de su cuenta de SDI Online.
Regístrese en myEDD
Crear una cuenta es un paso importante en este proceso. Con myEDD usted puede solicitar beneficios del Seguro de Incapacidad (DI, por sus siglas en inglés) y administrar su solicitud en SDI Online.
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