Profesionales de la salud con licencia
El Permiso Familiar Pagado (PFL, por sus siglas en inglés) proporciona pagos de beneficios a personas que necesitan ausentarse de su empleo para cuidar a un familiar que se encuentra gravemente enfermo. Si la persona que cuida de su paciente presenta una solicitud del PFL, usted debe certificar dicha solicitud completando un formulario por internet o por correo postal.
Certificar para la solicitud del PFL
Los siguientes profesionales de la salud con licencia pueden certificar solicitudes:
- Médicos u osteópatas con licencia, y practicantes médicos u osteópatas con licencia
- Oficiales médicos autorizados de un centro gubernamental de Estados Unidos
- Quiroprácticos
- Podólogos
- Optometristas
- Dentistas
- Psicólogos
- Enfermeros practicantes o asistentes médicos después del examen y en colaboración con el médico o cirujano
- Parteras, enfermeras parteras o enfermeras practicantes con licencia para atender condiciones de embarazo, parto o posparto, de acuerdo con el alcance de su licencia profesional
- Médicos practicantes religiosos acreditados
Importante: A partir del 1 de enero de 2024, la Ley 667 cambia el alcance de autorización de la certificación de la enfermera partera.
Usted puede certificar por correo postal o internet. Para certificar por internet, cree una cuenta en myEDD y configure su cuenta de SDI Online. Una vez que ambas cuentas estén configuradas, inicie sesión en myEDD y seleccione SDI Online. Puede utilizar SDI Online para encontrar la solicitud para beneficios de la persona que cuida a su paciente, certificar una solicitud, o ver el historial de las solicitudes que ha certificado.
Un médico practicante religioso acreditado debe certificar por correo postal completando el formulario titulado en inglés Practitioner’s Certification for Paid Family Leave (PFL) Benefits (DE 2502F). Los profesionales de la salud con licencia no deben completar este formulario.