Preguntas frecuentes – Reporte de trabajo y sueldos
Para ver ejemplos o consultar información completa sobre como reportar su trabajo y sueldos, visite Cómo reportar el trabajo y los sueldos.
Los sueldos son cualquier ganancia o ingreso percibido por:
- Trabajo realizado
- Pagos retroactivos
- Bonificaciones
- Comisiones
- Pagos adicionales por filmar un comercial
- Pago de días festivos
- Pago por tiempo de inactividad
- Pago por falta de aviso de despido
- Pago por servicio de jurado
- Pago por ausencia debido a enfermedad
- Pensión
- Pago por pieza
- Pagos residuales
- Empleado por cuenta propia
- Indemnización por despido
- Beneficios de huelga
- Incapacidad total temporal
- Propinas
- Pago de vacaciones
- Subsidio de mantenimiento por rehabilitación vocacional
- Honorarios de testigo
- Compensación para trabajadores (Workers’ Compensation)
Si sus ingresos semanales son $100 o menos, no aplican los primero $25. Cualquier cantidad por encima de $25 se sustraerá de su cantidad de beneficios semanal y se le pagará la diferencia, si hubiese alguna. Por ejemplo:
- Su cantidad de beneficios semanal es $145.
- Usted trabajó y ganó $26 durante la semana de certificación.
- Considerando que sus ingresos semanales son menos de $100, no aplican los primeros $25.
- Si cumple con todos los requisitos de elegibilidad, se le pagará la cantidad de $144.
Cantidad de beneficios semanal (A) | Menos el ingreso de $25 (B) | Cantidad de beneficios (A-B) |
---|---|---|
$145 | $26 - 25 = $1 | $144 |
Si sus ingresos semanales son $101 o más, no cuenta el primer 25 por ciento. La cantidad de ingresos restante se sustrae de la cantidad de beneficios semanal y se le paga la diferencia, si hubiese alguna. Por ejemplo:
- Su cantidad de beneficios semanal es $315.
- Usted trabajó y ganó $200 durante la semana de certificación.
- Considerando que sus ingresos semanales son más de $100, no cuenta el primer 25 por ciento.
- Si cumple con todos los requisitos de elegibilidad, se le pagará la cantidad de $165.
Cantidad de beneficios semanal (A) | Menos el ingreso de $25 (B) | Cantidad de beneficios (A-B) |
---|---|---|
$315 | $200 - (25 por ciento del ingreso) = $200 - ($200 X .25) = $200 - $50 = $150 |
$165 |
Si recibe beneficios por incapacidad total temporal o subsidio de mantenimiento por rehabilitación vocacional, el EDD lo deducirá de su cantidad semanal de beneficios.
Si usted recibe una pensión que el EDD determina que es deducible, éste la deducirá de su cantidad semanal de beneficios.
Usted no necesita reportar el trabajo voluntario si no está recibiendo sueldos por el trabajo realizado. El trabajo voluntario sin recibir paga no cuenta para sus beneficios del Seguro de Desempleo, siempre y cuando usted aún se encuentre buscando empleo y cumpla con todos los requisitos de elegibilidad cuando certifica para beneficios.
Reporte su trabajo únicamente si recibe sueldos y espera recibir paga por el trabajo realizado. El EDD recopila la información de empleo de los empleados y puede detectar sueldos no reportados, por lo que es importante que reporte cualquier sueldo que obtenga para evitar cometer fraude la UI.
Las semanas de certificación en la Solicitud de Beneficios Continuos (DE 4581) (PDF) siempre comienzan los domingos y terminan los sábados. Si sus semanas de nómina son diferentes a las semanas establecidas por el EDD, le sugerimos que conserve los registros del trabajo y los sueldos ganados por cada día para que reporte la información correctamente en el formulario DE 4581.
Certificar para beneficios mientras trabaja y no reportar adecuadamente sus sueldos, se considera cometer fraude la UI y podría enfrentar una variedad de penalidades serias. Usted es responsable legalmente de reportar su trabajo y sueldos correctamente.