Preguntas frecuentes - COVID-19: Beneficios del Seguro de Incapacidad y del Permiso Familiar Pagado
Preguntas frecuentes - COVID-19
Elegibilidad
Si no puede trabajar porque está infectado o hay sospecha de que está infectado con COVID-19, usted puede presentar una solicitud para el Seguro de Incapacidad (DI, por sus siglas en inglés). Deberá proveer una certificación firmada por un médico/profesional médico o por una agente de salud local o del estado.
El DI provee pagos de beneficios a corto plazo para los trabajadores elegibles que han sufrido una pérdida total o parcial de sus salarios debido a una enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo, o por embarazo. La mayoría de los trabajadores californianos cuentan con cobertura para el DI a través de deducciones de sus cheques de nómina (indicadas en la mayoría de los talones de cheque como “CASDI”).
La Orden Ejecutiva del Gobernador N-25-20 (solamente en inglés), firmada el 12 de marzo de 2020, exenta la semana de espera no pagadera a las solicitudes del DI relacionadas con el COVID que comenzaron a partir del 24 de enero de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021. Usted puede recibir beneficios del DI en la primera semana en que deje de trabajar.
Nota: La Orden Ejecutiva del Gobernador N-08-21 (solamente en inglés) firmada el 11 de junio de 2021, regresa el requisito de servir la semana de espera no pagadera a las solicitudes del DI relacionadas con el COVID que comiencen el primero de octubre de 2021, o después. Usted puede recibir beneficios del DI a partir del octavo día en que dejó de trabajar.
Si es elegible, el EDD procesará y emitirá los pagos dentro de unas semanas de haber recibido su solicitud.
Sí, si no puede trabajar porque está infectado o hay sospecha de que está infectado de COVID-19, usted puede solicitar beneficios del Seguro de Incapacidad (DI, por sus siglas en inglés). Su cuarentena debe ser certificada por un agente de salud local o del estado. Si se determina que usted no es elegible para el DI, se le recomienda que presente una solicitud para beneficios de Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en inglés).
Sí, si no puede trabajar y la cuarentena de su familiar está certificada por un agente de salud local o del estado debido a que éste está infectado o hay sospecha de que está infectado de COVID-19. Si se determina que usted no es elegible para el PFL, se le recomienda que presente una solicitud para beneficios de Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en inglés).
Si usted no puede trabajar porque está cuidando a un miembro de su familia diagnosticado con COVID-19 o con síntomas relacionados a éste, puede presentar una solicitud para el Permiso Familiar Pagado (PFL, por sus siglas en inglés). Necesitará presentar una certificación firmada por un médico/profesional médico o por una agente de salud local o del estado. Si se determina que usted no es elegible para el PFL, puede solicitar los beneficios del Seguro de Desempleo.
El PFL provee hasta ocho semanas de pagos de beneficios a los trabajadores elegibles que han sufrido una pérdida total o parcial de sus sueldos debido a que necesitan ausentarse de su trabajo para cuidar a un miembro de la familia que se encuentra gravemente enfermo o para establecer un vínculo paternal con un hijo nuevo. Para propósitos de cobertura del PFL, el término “miembro de familia” se define como un hijo, padre, suegro, abuelo, nieto, hermano, cónyuge o pareja doméstica debidamente registrada, el cual se encuentra gravemente enfermo.
Si trabaja por cuenta propia, usted podría tener beneficios disponibles de los programas del Seguro de Incapacidad del EDD que usted o su empleador pudieron haber contribuido en los últimos 5 a 18 meses. Es posible que tenga contribuciones de un trabajo anterior o es posible que haya sido clasificado erróneamente como contratista independiente en vez de empleado.
Lo animamos a que presente una solicitud del Seguro de Incapacidad (solamente en inglés) si ha sido diagnosticado con el COVID-19 o si está en cuarentena debido a síntomas relacionados con éste y puede proveer una certificación firmada por un médico/profesional médico o por un agente de salud local o del estado, o si sospecha que está infectado de COVID-19.
Si está cuidando a un familiar enfermo o en cuarentena que fue diagnosticado con COVID-19 o tiene síntomas relacionados, se le anima a que presente una solicitud para el Permiso Familiar Pagado (PFL). Deberá proveer una certificación firmada por un médico/profesional médico o por una agente de salud local o del estado. Nuestros representantes del EDD revisarán su caso y determinarán su elegibilidad para beneficios.
Si cree que fue erróneamente clasificado como contratista independiente en vez de empleado, usted debe indicar que el empleador con el que tiene el contrato es su último empleador. Asegúrese de incluir:
- El nombre, número de teléfono y dirección del empleador.
- Tipo de trabajo que realizaba.
- Fechas en que trabajó.
- Su sueldo bruto y cómo le pagaban (por ejemplo: por hora o semana).
Además, usted podría ser elegible para recibir beneficios si realiza contribuciones a la Cobertura Electiva del Seguro de Incapacidad (DIEC, por sus siglas en inglés). La DIEC, es una opción para las personas que trabajan por cuenta propia (tales como los contratistas independientes) y para los empleadores que solicitan cobertura del Seguro Estatal de Incapacidad (SDI, por sus siglas en inglés). Esto incluye a los empleados de los distritos escolares y a los empleados del estado que están exentos de participar en el SDI, pero que pueden negociar para participar en DIEC. Para más información, visite la página titulada en inglés Self-Employed/Independent Contractor.
Usted podría tener beneficios disponibles a través de otros programas de seguro a los que su empleador ha contribuido en los últimos 5 a 18 meses. La ley de California le permite a su empleador ofrecerle un Seguro Privado como opción en vez del programa del Seguro Estatal de Incapacidad. Debe consultar con el personal de su empleador o con la oficina de beneficios sobre la opción de presentar una solicitud del Seguro de Incapacidad o del Permiso Familiar Pagado.
Es posible que tenga contribuciones de un trabajo anterior en los últimos 5 a 18 meses, o es posible que haya sido clasificado erróneamente como contratista independiente en vez de empleado.
Si cree que ha sido clasificado erróneamente como contratista independiente en vez de empleado, usted debe indicar que el empleador con el que tiene el contrato es su último empleador. Asegúrese de incluir:
- El nombre, número de teléfono y dirección del empleador.
- Tipo de trabajo que realizaba.
- Fechas en que trabajó.
- Su sueldo bruto y cómo le pagaban (por ejemplo: por hora o semana).
No elegible para el Seguro de Incapacidad
Si está sujeto a una cuarentena, pero no enfermo, y se determina que no es elegible para el Seguro de Incapacidad, usted puede solicitar beneficios del Seguro de Desempleo (solamente en inglés). Usted podría ser elegible para el Seguro de Desempleo si:
- Le redujeron sus horas de trabajo debido a la cuarentena.
- Su empleador lo separó de su trabajo durante la cuarentena.
- Usted está sujeto a una cuarentena requerida por el estado o por un agente de salud local.
No elegible para el Permiso Familiar Pagado
Si no puede trabajar debido a que está cuidando a un familiar como resultado del COVID-19 y se determina que no es elegible para el Permiso Familiar Pagado, usted puede solicitar beneficios del Seguro de Desempleo (solamente en inglés).
Solicite los beneficios del Seguro de Desempleo tan pronto como deje de trabajar o le reduzcan sus horas de trabajo. Es probable que los representantes del Seguro de Desempleo necesiten agendar una entrevista telefónica para recabar más detalles.
Pagos de beneficios
La cantidad de beneficios es aproximadamente del 60 al 70 por ciento del sueldo (dependiendo de sus ingresos). El EDD provee una Calculadora para el Seguro de Incapacidad para calcular su posible cantidad de beneficios. Los beneficios de incapacidad se pagan hasta la fecha final que certifique su doctor o cuando se agoten sus beneficios, lo que ocurra primero, dentro de un periodo de 52 semanas.
La Orden Ejecutiva del Gobernador N-25-20 (solamente en inglés), firmada el 12 de marzo de 2020, exenta la semana de espera no pagadera a las solicitudes del DI relacionadas con el COVID que comenzaron a partir del 24 de enero de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021. Usted puede recibir beneficios del DI en la primera semana en que deje de trabajar.
Nota: La Orden Ejecutiva del Gobernador N-08-21 (solamente en inglés) firmada el 11 de junio de 2021, regresa el requisito de servir la semana de espera no pagadera a las solicitudes del DI relacionadas con el COVID que comiencen el primero de octubre de 2021, o después. Usted puede recibir beneficios del DI a partir del octavo día en que dejó de trabajar.
Si es elegible, el EDD le procesará y emitirá los pagos dentro de unas semanas de haber recibido su solicitud.
La cantidad de los beneficios es aproximadamente de 60 a 70 por ciento del sueldo (dependiendo de sus ingresos). Usted puede usar la Calculadora para el Seguro por Incapacidad para calcular su posible cantidad de beneficios.
Si es elegible, el EDD le procesará y emitirá sus pagos dentro de unas semanas de haber recibido su solicitud.
Documentos y Certificación
Si usted o un miembro de su familia ha sido diagnosticado con COVID-19 o con síntomas relacionados a éste, puede presentar una certificación firmada por un médico/profesional médico que lo atiende y debe incluir un diagnóstico y el código ICD-10, o si no ha obtenido el diagnóstico, una declaración sobre los síntomas; la fecha en que comenzó la condición médica; la posible duración de la misma; el número de licencia del médico/profesional médico que lo atiende, o la información del centro médico u hospital. También se puede cumplir con este requisito mediante una orden por escrito de un agente de salud local o estatal que sea específica a su situación.
Si no puede proporcionar la documentación del médico o agente de salud, usted podría ser elegible para una solicitud del Seguro de Desempleo (UI).
Para procesar su solicitud de manera más rápida, presente su solicitud por internet y también envíe por internet su certificación médica de apoyo inmediatamente después.
También puede pedirle al EDD que le envíe una Solicitud de Beneficios por Incapacidad (DI) (DE 2501S) (PDF), la cual se le puede enviar cuando la ordene por internet. Complete y envíe el formulario al EDD en el sobre que le fue proporcionado. Si presenta su certificación médica mediante otro método que no sea el formulario designado del EDD, debe enviar dicha documentación por separado a la siguiente dirección:
Employment Development Department
PO Box 10402
Van Nuys, CA 91410-0402
Si un miembro de su familia ha sido diagnosticado con COVID-19 o tiene síntomas relacionados con éste, puede presentar una certificación médica en favor de esa persona de parte del médico/profesional médico que lo atiende y debe incluir un diagnóstico y el código ICD-10, o si no ha obtenido el diagnóstico, una declaración sobre los síntomas; la fecha de inicio de la condición médica; la posible duración de la misma; el número de licencia del médico o profesional médico que atiende al paciente, o la información del centro médico u hospital. También se puede cumplir con este requisito mediante una orden por escrito de un agente de salud local o estatal que sea específica a la situación del miembro de su familia.
Si el médico o profesional médico del miembro de su familia certifica la necesidad de cuidado, se aceptan las citas médicas virtuales o de telesalud para realizarse un examen físico, pero siguen requiriéndose las certificaciones médicas.
Si un miembro de su familia sospecha que tiene COVID-19, aunque no tenga síntomas, y usted no puede trabajar porque tiene que cuidar al familiar que se encuentra en cuarentena, puede cumplir con este requisito mediante una orden por escrito de un agente de salud local o estatal que sea específica a la situación del miembro de su familia.
Si no puede proveer dicha documentación por parte de un médico o agente de salud, usted podría ser elegible para recibir beneficios del Seguro de Desempleo (UI).
Para procesar su solicitud de manera más rápida, presente su solicitud por internet y también envíe por internet la certificación médica de apoyo inmediatamente después.
También puede pedirle al EDD que le envíe una Solicitud de Beneficios del Programa de Permiso Familiar Pagado (PFL) (DE 2501F/S) (PDF), la cual se le puede enviar cuando la solicite por internet. Complete y envíe el formulario al EDD en el sobre que le fue proporcionado. Si presenta su certificación médica mediante otro método que no sea el formulario designado del EDD, debe enviarla por separado a la siguiente dirección:
Employment Development Department
PO Box 45011
Fresno, CA 93718-5011
Sí. Los médicos/profesionales médicos siguen “viendo” a sus pacientes cuando usan las plataformas virtuales. Las citas médicas virtuales son aceptadas para realizar un examen físico, pero las certificaciones médicas siguen siendo un requisito.
Información para los médicos y profesionales médicos
Si su paciente ha sido diagnosticado con COVI-19 o tiene síntomas relacionados con éste, usted tiene dos opciones:
- Presentar una certificación médica con su firma que incluya el diagnóstico y código ICD-10.
- Si no se ha obtenido un diagnóstico, proporcione una declaración sobre los síntomas, la fecha en que comenzó la condición médica, la posible duración de la misma y el número de su licencia o la información del centro médico u hospital. El paciente también puede cumplir con este requisito mediante una orden por escrito de un agente de salud local o estatal que sea específicamente acerca del paciente.
La Orden Ejecutiva del Gobernador N-25-2021 (solamente en inglés), firmada el 12 de marzo de 2020, exenta la semana de espera no pagadera a las solicitudes del DI relacionadas con el COVID que comenzaron a partir del 24 de enero de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021. Para que su paciente sea elegible para esta exención, éste deberá haber sido diagnosticado o tener síntomas relacionados con el COVID-19. Es recomendable usar alguno de los siguientes códigos ICD-10:
- B34.2: Infección de Coronavirus, sin especificación.
- B97.2: Coronavirus como la causa de enfermedades clasificadas en otra parte.
- B97.21: El Coronavirus asociado con el SARS como causa de enfermedades clasificadas en otra parte.
- B97.29: Otro tipo de coronavirus como causa de enfermedades clasificadas en otra parte.
- J12.81: Neumonía debido al Coronavirus asociado con el SARS.
- U07.1: COVID-19, virus identificado.
Nota: La Orden Ejecutiva del Gobernador N-08-21 (solamente en inglés) firmada el 11 de junio de 2021, regresa el requisito de servir la semana de espera no pagadera a las solicitudes del DI relacionadas con el COVID que comiencen el primero de octubre de 2021, o después. Usted puede recibir beneficios del DI a partir del octavo día en que dejó de trabajar. Si es elegible, el EDD procesará y emitirá los pagos dentro de unas semanas de recibir su solicitud.
Si su paciente sospecha que tiene COVID-19 y no tiene síntomas, pero no puede trabajar porque se encuentra en cuarentena, éste necesitará presentar una orden por escrito de un agente de salud local o estatal que sea específicamente sobre su situación y tenga relación con las Preguntas frecuentes - Coronavirus 2019 (COVID-19).
Si su paciente ha sido diagnosticado con COVID-19 o tiene síntomas relacionados a éste y requiere cuidado, puede presentar una certificación médica debidamente firmada que incluya el diagnóstico y código ICD-10, o si no ha obtenido el diagnóstico, una declaración sobre los síntomas; la fecha de inicio de la condición médica; la posible duración de la misma; y el número de su licencia o la información del centro médico u hospital. El paciente también puede cumplir con este requisito mediante una orden por escrito de un agente de salud local o estatal que sea específicamente acerca del paciente.
Si su paciente sospecha que tiene COVID-19 y no tiene síntomas, pero no puede trabajar porque se encuentra en cuarentena, éste tendrá que proveer una orden por escrito de un agente de salud local o estatal que sea específicamente sobre su situación.
Si dicha documentación no está disponible para su paciente, la persona que cuida al paciente podría ser elegible para una solicitud del Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en inglés).
Si su paciente no es elegible para el Seguro de Incapacidad, se le anima a presentar una solicitud para el Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en inglés). Para más información, refiera a su paciente a la página titulada Preguntas frecuentes – Coronavirus 2019 (COVID-19).
Si la persona que cuida a su paciente no es elegible para el Permiso Familiar Pagado, se le anima a solicitar los beneficios del UI. Para más información, refiera a dicha persona a la página titulada Preguntas frecuentes – Coronavirus 2019 (COVID-19).