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Extensión FED-ED

Los beneficios de la Duración de la Extensión Federal-Estatal (FED-ED, por sus siglas en inglés) ya no se pagarán después del 11 de septiembre de 2021. El gobierno federal no permite que se hagan pagos por semanas de desempleo después de que termine el programa, incluso si tiene un saldo restante en su solicitud.

Nota: La Compensación de Desempleo de Emergencia por la Pandemia (PEUC, por sus siglas en inglés) terminó el 4 de septiembre. Si estaba recibiendo beneficios de PEUC, es posible que fue transferido a una extensión FED-ED, permitiéndole recibir una semana adicional de beneficios según su elegibilidad.

La extensión FED-ED proporcionaba semanas adicionales de beneficios a personas elegibles que agotaron los beneficios por desempleo regular u otras extensiones entre el 10 de mayo de 2020 y el 11 de septiembre de 2021. Cualquier pago pendiente por semanas de desempleo durante este tiempo se tramitará retroactivamente si se determina que es elegible y no recibió pagos condicionales. Se le notificará lo que se decida con su extensión.

Es posible que haya sido elegible para los beneficios de FED-ED si estaba desempleado y:

  • Tenía una solicitud del desempleo regular que comenzó en o después del 19 de mayo de 2019.
  • Agotó todos los beneficios en su solicitud del UI y la extensión PEUC, o su solicitud se venció.
  • No fue elegible para una nueva solicitud del desempleo en California o en cualquier otro estado.
  • Cumplió con los requisitos de elegibilidad y no fue descalificado.
  • Obtuvo suficientes ingresos en el período reglamentario de su solicitud del desempleo regular.

Identificamos a las personas que recibieron el total de los beneficios de la extensión de PEUC, y si fueron elegibles, solicitamos la extensión FED-ED a su favor. Les enviamos por correo una Notificación de Determinación de la Duración de la Extensión Federal-Estatal de Beneficios (Extensión FED-ED) (DE 6330FED-E/S). Esta notificación incluía la fecha de inicio de la extensión, los requisitos de elegibilidad y las posibles cantidades de sus beneficios. Se le requería completar las certificaciones habituales de cada dos semanas para determinar su elegibilidad para cualquier pago durante la ventana de disponibilidad de FED-ED.

Si no fue elegible

Si revisamos su solicitud y no fue elegible para la extensión FED-ED, le enviamos por correo una Notificación de Determinación de la Duración de la Extensión Federal-Estatal de Beneficios (Extensión FED-ED) (DE 6330FED-D/S) dentro de cinco a siete días. Esta notificación explica por qué no fue elegible e incluye información sobre cómo apelar si no está de acuerdo con la determinación.

Sueldos del período reglamentario

Para ser elegible para FED-ED, debe haber tenido suficientes ingresos en el período reglamentario de su solicitud del desempleo regular. El total de los ingresos de su período reglamentario debe haber sido más alto que cualquiera de los siguientes:

  • 40 veces la cantidad de beneficios semanal.
  • 1.5 veces los ingresos en el trimestre más alto del período reglamentario de su solicitud del UI regular.

Por ejemplo, usted ganó $11,800 en el primer trimestre del período reglamentario y $2,000 en el segundo, tercer y cuarto trimestres. Los ingresos totales del período reglamentario para esta solicitud fueron de $17,800 y una cantidad de beneficios semanal de $450. Para calcular las dos opciones consulte lo siguiente:

  • Cantidad de beneficios semanal: $450 x 40 = $18,000
  • Sueldos trimestrales máximos: $11,800 x 1.5 = $17,700

Esta solicitud es elegible para la extensión FED-ED porque la cantidad total de beneficios semanal ($17,800) fue más alta que la de los sueldos trimestrales máximos ($17,700).

Para más información sobre el período reglamentario y cálculos de beneficios para solicitudes del UI regular, consulte la Hoja de información: ¿Cómo se calculan los pagos de beneficios del Seguro de Desempleo? (PDF).

Pago de beneficios

Los pagos por FED-ED son iguales a la cantidad de beneficios semanal de su solicitud del desempleo regular. La cantidad máxima de beneficios depende de su última solicitud del desempleo regular. Su cantidad máxima de beneficios será la más baja de cualquiera de estas dos:

  • 50% de la cantidad máxima de beneficios de su solicitud.
  • 13 veces la cantidad de beneficios semanal.

Por ejemplo, usted recibió una cantidad de beneficios semanal de $400 y la cantidad máxima de beneficios es de $8,800 en su última solicitud regular y ha recibido el total de la cantidad máxima de beneficios. Para calcular la cantidad máxima de beneficios de la extensión FED-ED:

  • Cálculo 1: 50% de $8,800 = $4,400
  • Cálculo 2: 13 X $400 = $5,200

La cantidad máxima de beneficios de su extensión FED-ED será $4,400 debido a que el Cálculo 1 es más bajo que el segundo.

Certificación

Debe continuar certificando para recibir beneficios de la extensión FED-ED. Certificar consiste en responder preguntas básicas cada dos semanas, las cuales nos informan que usted estuvo desempleado y es elegible para continuar recibiendo pagos de beneficios.

La forma más rápida para certificar para los beneficios es en UI OnlineSM. También lo puede hacer por correo. A diferencia de las solicitudes del UI regular, no podrá realizar la certificación para la extensión FED-ED a través de EDD Tele-CertSM.

Recursos adicionales